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OZUNA, NIDIA NOELIA Y OTROS c/ ALVAREZ, ANA CRISTINA (REBELDE 7/7/2023) Y OTROS s/DESPIDO

Demanda por despido y reclamo de obligaciones laborales y solidarias contra diversas sociedades y personas. La Cámara modificó la sentencia de grado: extendió la responsabilidad solidaria de Ideas y Diseños Siglo XXI SRL, Seguirá SA y Roberto Arnaldo Agrest conforme al Considerando VII, impuso las costas en la proporción de sus condenas y reguló honorarios (380 UMA, 220 UMA y 140 UMA).

Despido Responsabilidad solidaria Art. 30 lct Cosa juzgada Quiebra Indemnizaciones Costas Honorarios Reajuste del capital Ejecucion


¿Quién es el actor?

Ozuna, Nidia Noelia y otros (actores demandantes: Ramón Pedro Mitri, Nidia Noelia Ozuna, Patricia Miriam Peraita, entre otros).

¿A quién se demanda?

Álvarez, Ana Cristina y otros; principales codemandados: Agrest SACIFEI, Ideas y Diseños Siglo XXI SRL, Seguirá SA, Giesso SA, Roberto Arnaldo Agrest, Federico Agrest, Ana Cristina Álvarez.
- Objeto de la demanda: acción por despido y reclamación de indemnizaciones y otros rubros laborales; pedido de extensión de responsabilidad solidaria entre sociedades y personas físicas; impugnación de liquidaciones, astreintes, aplicación de indexación y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada conforme al Considerando VII del voto preopinante, disponiendo que Ideas y Diseños Siglo XXI SRL, Seguirá SA y Roberto Arnaldo Agrest respondan solidariamente con Agrest SACIFEI por las sumas fijadas en el Considerando VII; impuso las costas solidariamente a cargo de Agrest SACIFEI, Ideas y Diseños Siglo XXI SRL, Seguirá SA y Roberto Arnaldo Agrest en la proporción de sus condenas; reguló honorarios de representación y del perito en 380 UMA, 220 UMA y 140 UMA respectivamente; confirmó el resto del pronunciamiento apelado; fijó honorarios de alzada en el 30% de las sumas que correspondan por la instancia anterior y ordenó cumplimiento de normas procesales aplicables.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes): 1) "En tales condiciones, no se verifica un supuesto de delegación o tercerización de una parte de la actividad propia de Giesso SA en los términos previstos por el art. 30 de la LCT, sino una relación comercial de provisión de mercaderías." 2) "Desde mi punto de vista, los efectos de la cosa juzgada alcanzan únicamente a la imposibilidad de revisar, en este proceso, los rubros e importes reconocidos en sede comercial y la condena impuesta a la fallida Agrest SACIFEI respecto de ellos. Sin embargo, ello no impide que esos mismos créditos puedan ser reclamados contra quienes resulten responsables solidarios por las obligaciones laborales de la empleadora." 3) "En función de todo lo expuesto y, de compartirse mi propuesta, corresponde establecer que los actores Ramón Pedro Mitri, Nidia Noelia Ozuna y Patricia Miriam Peraita resultan acreedores, en estas actuaciones, de Agrest SACIFEI por las sumas respectivas de $707.914,64, $109.319,34 y $188.873,62. Asimismo, resultan acreedores de Ideas y Diseños Siglo XXI SRL, Seguirá SA y Roberto Arnaldo Agrest, quienes deberán responder solidariamente con Agrest SACIFEI por las sumas de $1.208.255,22, $477.883,54 y $876.005,54, respectivamente." 4) Sobre Roberto Arnaldo Agrest: "entiendo que Roberto Arnaldo Agrest debe responder solidariamente por las obligaciones laborales de Agrest SACIFEI, conjuntamente con las restantes codemandadas cuya condena ha quedado firme en la instancia anterior... dicha responsabilidad debe alcanzar la totalidad del monto de condena y no limitarse a la sanción prevista en el art. 1 de la ley 25323."
- Disidencias relevantes: No votó el Dr. Manuel P. Diez Selva (art.125 LO). No existen votos en disidencia que modifiquen lo resuelto por mayoría; el acuerdo final es el consignado en la parte resolutiva.

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