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OCHOA CARLOS ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes de haberes previsionales contra ANSeS por actualización del haber inicial y otros rubros. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, rechazó los agravios de ANSeS, impuso costas a la demandada y reguló honorarios de la representación letrada de la actora.

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¿Quién es el actor?

Ochoa Carlos Enrique.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (actualización del haber inicial, componente PBU, impugnaciones relacionadas y reajustes), más intereses y costas. Fecha de adquisición del beneficio: 22/07/2016.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida; reguló honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora en el 30% de la suma que se fije por su trabajo en primera instancia más IVA si corresponde; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS." "En referencia a la prescripción dispuesta por la a quo, resulta aplicable la doctrina de la CSJN plasmada en los autos: “Jaroslavsky, Bernardo S/jubilación, Sent. fecha 26/02/1985, J.9.XX” y “Miralles, Enrique Alberto, Sent. fecha 18/4/1985, M.120.-XX” precedentes donde el Máximo Tribunal sostuvo la constitucionalidad de los arts. 82 y 83 de la ley 18.037 en cuanto fijan términos de prescripción específicas para las deudas de los entes previsionales. Por fin, se confirma la prescripción bienal dispuesta en la instancia de grado." "Con respecto a la tasa de interés corresponde aplicar la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago (conf. Corte Suprema de Justicia de la Nación en los precedentes: “Spitale, Josefa Elida c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa”, Sent. Fecha 14/09/2004, Fallos: 327:3721 y “Cahais, Rubén Osvaldo c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Enviado Fecha 18/04/2017, Fallos: 340:483 )."
- Votos / disidencias: Todos los vocales (Dr. Juan A. Fantini, Dra. Nora C. Dorado y Dr. Walter F. Carnota) adhirieron al decisorio; no se registra disidencia.

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