AGUDO HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Agudo promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios de su haber previsional y cuestionó la aplicación de topes y normas recientes. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, confirmó el resto, diferió el análisis de la ley 27.609 y del Decreto 274/2024 para la etapa de ejecución, y declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si en liquidación se verifica una quita superior al 15%.
¿Quién es el actor?
Agudo Horacio.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre el haber previsional (controversia sobre componente PBU, aplicación de topes del art. 9 inc. 3) Ley 24.463, y cuestionamientos de constitucionalidad respecto de la Ley 27.609 y del Decreto 274/2024).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado conforme los considerandos, confirmó la sentencia en lo demás, diferió para la etapa de ejecución el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y el tratamiento del Decreto 274/2024, y declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto de que en la liquidación se acredite que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15%. Impuso costas de alzada a la demandada y reguló honorarios de la representación letrada del actor. Se ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la PBU y la imposición de topes: “El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber.” (voto).
2) Sobre la ley 27.609: “...corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución.” (voto).
3) Sobre el decreto 274/2024: “corresponde diferir el tratamiento del decreto 274/2024 a etapa de ejecución de sentencia, etapa procesal donde podrá evaluarse su real incidencia en la cuantía del haber.” (voto).
4) Sobre la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) Ley 24.463: conforme la doctrina de la CSJN en “Actis Caporale, Loredano”: “… resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes durante los períodos a que se refieren los agravios del organismo previsional, en medida tal que la merma del haber resulte confiscatoria...”. En consecuencia, el tribunal “declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en la supuesta que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal
- y se revoca lo resuelto en la instancia de grado.”
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; los Dres. Carnota y Dorado adhirieron al voto del preopinante (Dr. Fantini).
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