EIZENBERG SUSANA REGINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Acción de reajuste de haberes previsionales por PBU; el Juzgado hizo lugar parcialmente y ordenó a la ANSeS reliquidar la Prestación Básica Universal y abonar las diferencias con sus intereses desde el 16/05/2024, rechazando la prescripción y desestimando los restantes planteos de inconstitucionalidad.
¿Quién es el actor?
Eizenberg Susana Regina.
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste del haber previsional (recálculo del haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal —PBU—, aplicación de pautas de movilidad y pago de retroactivos con intereses).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se ordenó a la ANSeS que reliquide la PBU del beneficio de la actora según las pautas fijadas en los considerandos, abonando las diferencias que surjan a su favor con intereses desde la fecha de adquisición del derecho (16/05/2024); se desestimó la excepción de prescripción y los restantes planteos de inconstitucionalidad; costas en el orden causado; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes):
1) "Conforme al originario art. 20 de la ley 24.241, el haber mensual de la Prestación Básica Universal era equivalente a dos veces y media (2,5) el aporte medio previsional obligatorio (AMPO) ... A este valor respondía la PBU regularmente establecida de $200."
2) "Lo que impugna la parte actora es ese valor establecido a marzo de 2009 ... que se encontraría ab initio desactualizado, proyectándose esa falencia a los beneficios obtenidos con posterioridad a la sanción de la ley 26.417."
3) "Estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro' ... luego, se determinará qué incidencia porcentual tiene la eventual merma de la PBU en el haber inicial total, y para ello: 1) se calculará la diferencia entre PBU ACTUALIZADA ... y la PBU ORIGINARIA; 2) se dividirá ese valor por el HABER INICIAL TOTAL; 3) se multiplicará el resultado por 100 a fin de obtener el porcentaje correspondiente. En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada ..."
4) "A las diferencias generadas a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses que se calcularán desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ..."
5) "Con respecto al impuesto a las ganancias ... declarar exentas de dicha retención a las retroactividades que surjan en favor de la parte actora."
- Disidencias: no constan votos en disidencia en la parte dispositiva; la decisión colectivamente reseñada es la que fija la resolución final.
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