GACEK, JORGE LUIS c/ INSSJP-PAMI s/AMPARO LEY 16.986
El afiliado promovió acción de amparo contra el INSSJP-PAMI para obtener cobertura íntegra del medicamento Relugolix indicado por su médica tratante para cáncer de próstata avanzado. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo y ordenó la provisión inmediata y cobertura al 100%, con costas a la recurrente.
¿Quién es el actor?
Jorge Luis Gacek.
¿A quién se demanda?
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJYP / PAMI).
- Objeto de la demanda: acción de amparo con medida cautelar para que el INSSJYP provea de manera inmediata y con cobertura integral al 100% el medicamento Relugolix (Ligluter) 120 mg, según la pauta indicada por la médica tratante y durante el tiempo que ésta lo estime pertinente.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se confirmó la sentencia del 11/02/2026, en cuanto hizo lugar a la acción de amparo y ordenó al INSSJYP que provea de forma continua, inmediata e integral (100%) la medicación Relugolix indicada por la médica tratante, con costas en la Alzada a la recurrente vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"De las constancias digitales, surge que el Sr. Jorge Luis Gacek, de 68 años, es afiliado a la demandada y padece Cáncer de Próstata, habiéndole indicado la Dra. María Natalia Gandur Quiroga –Especialista en Oncología Clínica– el fármaco requerido."
"Por consiguiente, el Cuerpo Pericial concluyó que dada la 'progresión documentada a pesar de haber recibido múltiples líneas de tratamiento oncológico estándar (…) el antecedente de evento cardiovascular (…), se contraindican terapias con perfil de riesgo cardiovascular' y que 'En este contexto, la indicación médica de continuar tratamiento con Relugolix, un antagonista de la GnRH con menor riesgo cardiovascular, asociado a Enzalutamida, antiandrógeno de segunda generación, resultaría una opción válida, basada en guías actuales y en el perfil individual del paciente', asimismo dijo que 'Se trata de una enfermedad oncológica avanzada'."
"En materia de costas, ... el Art. 14 de la ley 16.986 establece que 'se impondrán al vencido' ... No obstante, el reparto de las costas en el juicio no sólo debe contemplar su resultado, sino también las características de aquél. ... este Tribunal no advierte que se hayan acreditado razones que permitan apartarse de lo resuelto en la instancia anterior en orden a la imposición de costas (Art. 68, CPCC; Arts. 14 y 17, Ley 16.986)."
- Votos en disidencia: no consta voto en disidencia en la parte resolutiva; la decisión aparece adoptada por la Sala II en acuerdo (firmas de los jueces Lugones y Barral).
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