AVALOS, LUIS REY c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previsional contra ANSeS por reajustes varios y planteos sobre PBU y movilidad. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó la regulación porcentual de honorarios, declaró de oficio inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas a la demandada, regulando los honorarios de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
¿Quién es el actor?
AVALOS, Luis Rey (actor originario de autos FRO 13256/2023).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de prestaciones previsionales (PBU y otros retroactivos), impugnación de topes legales, aplicación de la Resolución SSS 06/09, retención del impuesto a las ganancias y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, por mayoría, confirmó parcialmente la sentencia apelada en los términos del considerando 1.2 (revocando el pronunciamiento sobre movilidad extra petita), revocó la regulación de honorarios practicada en primera instancia, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N° 157/2018 e impuso las costas a la demandada sustancialmente vencida, y reguló los honorarios de los profesionales que actuaron en esta Alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
1) "Sentado lo anterior, cabe concluir que el pronunciamiento recurrido resolvió sobre una cuestión ajena a la pretensión deducida en autos, lo cual excede el marco de debate procesal y configura un supuesto de sentencia extra petita. Por tal razón, corresponde revocar lo resuelto en ese aspecto." (considerando 1.2).
2) "Así, entiendo adecuado revocar parcialmente la sentencia recurrida y fijar el honorario de la representación de la parte actora en la suma de $147.225, equivalente a 3 UMA, en forma provisoria, sin perjuicio de la actualización que corresponda una vez liquidado el monto admitido en la sentencia en los términos de los artículos 16 y 22 de la ley 27.423." (voto del Dr. Pineda, fundamento sobre honorarios).
3) "corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423." (voto del Dr. Pineda, conclusiones sobre costas y DNU).
- Disidencias: No consta disidencia mayoritaria; la resolución final fue adoptada por mayoría y se consignan adhesiones de las juezas Andalaf Casiello y Vidal al voto del preopinante en lo sustancial. Las manifestaciones individuales que difieren en matices sobre cómo fijar honorarios o alcance de exenciones fiscales fueron tenidas en cuenta para formar la decisión de la mayoría.
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