Incidente Nº 4 - DENUNCIADO: QUIROGA, MARIA PAULA s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Audiencia de acuerdo pleno por delito de estupefacientes por entrega gratuita. El juez homologó el acuerdo y condenó a la imputada a 3 años de prisión de ejecución condicional, multa de 15 unidades fijas, costas y reglas de conducta, valorando la cantidad de droga (66,4 g incautados, 1 g entregado) y la situación personal de la acusada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, Unidad Fiscal de Mendoza (representante presente en audiencia).
Demandado: María Paula Quiroga (DNI N° 37.268.072).
Objeto: Homologación de acuerdo pleno por la comisión del delito de entrega de estupefacientes a título gratuito, previsto en el art. 5 inc. e), segunda parte, de la Ley 23.737 (autoría en calidad de autora, art. 45 CP).
Decisión: Homologar el acuerdo pleno y, en mérito a ello, condenar a María Paula Quiroga a TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, MULTA DE QUINCE (15) UNIDADES FIJAS y costas; imponer por igual lapso reglas de conducta (fijar residencia y control mensual por DECAEP; abstenerse de estupefacientes y abuso de alcohol; no cometer nuevos delitos; realizar donaciones mensuales por $20.000 en mercadería a la Parroquia Virgen de los Pobres durante DOS (2) AÑOS); ordenar el decomiso de objetos secuestrados y la destrucción de la sustancia incautada; tener presente la conformidad del Revisor Fiscal y la renuncia a plazos del art. 360 del CPPF.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Se valoraron los extremos expuestos y aportados por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa interviniente, y considerando razonable lo acordado se resolvió HOMOLOGAR el acuerdo pleno en los términos en los que ha sido realizado y de conformidad con lo previsto por el art. 323 del CPPF, fallando en el siguiente sentido..." (folio dispositivo).
"Por ende, considero probado que el día 5 de noviembre de 2025, aproximadamente a las 19:40 horas, María Paula QUIROGA entregó a Cristian Abel Osorio Tejada dos envoltorios que contenían un total de un (1) gramo de cocaína..." (fundamentos sobre materialidad y autoría).
"Resulta, entonces, válida la tipificación legal dada y pena requerida por el Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal, así como también la aceptación brindada por la imputada al encuadre legal dado a su accionar, con su consecuente responsabilidad penal en calidad de autora (art. 45 CP)." (afirmación sobre la calificación).
"Considero justa, razonable y equitativa la pena de tres (3) años de prisión de ejecución condicional y el monto de 15 unidades fijas... Para ello, tengo especialmente en consideración las circunstancias particulares del hecho, la cantidad y naturaleza de la sustancia involucrada, así como las condiciones personales de QUIROGA, quien no registra antecedentes penales computables y se encuentra al cuidado de sus tres hijos menores..." (motivos de la individualización de la pena).
- No existen votos en disidencia: la resolución es del Juez con funciones de garantías que homologó el acuerdo ante conformidad del Revisor Fiscal y manifestación voluntaria de la imputada.
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