Incidente Nº 63 - IMPUTADO: DOMINGUEZ CONTRERAS, MAIKELY TERESA s/INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA
La defensa apeló la denegatoria del pedido de arresto domiciliario para Maikely Teresa Domínguez Contreras. La Cámara Federal de Corrientes rechazó el recurso y confirmó la resolución nº609/2026, con fundamento en la persistencia de riesgos de fuga y entorpecimiento y en la suficiente motivación del fallo de grado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Defensa Pública Oficial, en representación de Maikely Teresa Domínguez Contreras (apelante).
Demandado: Estado/Ministerio Público Fiscal (opositor a la morigeración); resolución de juzgado federal de primera instancia recurrida.
Objeto: Se solicita la morigeración de la prisión preventiva y la concesión de arresto domiciliario con medidas de control para la imputada (incidente de prisión domiciliaria).
Decisión: La Cámara Federal de Corrientes rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución Nº609/2026 en todo lo que fuera materia de apelación, manteniendo la denegatoria del arresto domiciliario.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"No se advierte que la imposibilidad de que el adolescente concurra actualmente a visitar a su madre torne indispensable la modificación de la medida cautelar. La problemática vinculada con la renovación del DNI constituye una cuestión susceptible de ser canalizada por las vías administrativas y judiciales correspondientes, sin que de ello se derive necesariamente la necesidad de disponer el arresto domiciliario de la imputada."
"El interés superior del niño exige que su situación sea especialmente ponderada, pero no impone necesariamente que la persona imputada deba permanecer en su domicilio cuando existen razones procesales que justifican el mantenimiento del encarcelamiento preventivo."
"En definitiva, los agravios introducidos por la defensa no logran demostrar que la resolución apelada haya incurrido en arbitrariedad, omisión de tratamiento de cuestiones conducentes o errónea valoración de las circunstancias comprobadas en la causa, razón por la cual corresponde confirmar el pronunciamiento recurrido."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia en el bloque resolutivo; el acuerdo fue suscripto por la mayoría absoluta del Tribunal por encontrarse inhibido el Sr. Juez de Cámara Dr. Ramón Luis González.
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