Logo

ANELLO, JULIO LUIS c/ SWISS MEDICAL S.A. s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra Swiss Medical S.A. para obtener la cobertura integral del medicamento Aflibercept (EYLEA) por maculopatía degenerativa. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes modificó parcialmente la sentencia de primera instancia: redujo la cobertura exigida de 100% a 70% para el medicamento y confirmó el resto del decisorio, imponiendo las costas en el orden causado.

Amparo Medicina prepaga Aflibercept Eylea Pmo Cobertura 70% Derecho a la salud Costas Honorarios Maculopatia degenerativa


¿Quién es el actor?

A., J. L. (actor promovente del amparo).

¿A quién se demanda?

Swiss Medical S.A. (obra social/medicina prepaga).
- Objeto de la demanda: se reclamó la provisión mensual, por período indeterminado, de inyección intravítrea de AFLIBERCEPT 40 mg/ml (marca EYLEA) y cobertura de gastos, insumos y honorarios para su colocación quirúrgica, por la maculopatía degenerativa (derecho a la salud e integridad psicofísica).

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada y revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto ordenaba la cobertura del 100% del medicamento, disponiendo en su lugar que la demandada proporcione la cobertura del 70% del AFLIBERCEPT de 40 mg/ml marca EYLEA; confirmó la sentencia en lo demás, impuso las costas en el orden causado y rechazó la impugnación sobre la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que, por la Resolución 310/2004 del Ministerio de Salud de la Nación se modificó el Programa Médico Obligatorio –PMO
- garantizado por los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el Artículo 1° de la Ley 23.660 y por las empresas de medicina prepaga de la Ley 26682. El art. 2 de aquella Resolución 310/2004 establece que los agentes del Seguro de Salud deberán otorgar cobertura para los medicamentos que son de uso habitual con un 40% a su cargo, elevándose esa alícuota al 70% cuando se trate de medicación destinada a patologías crónicas prevalentes que requieren de modo permanente o recurrente el empleo de fármacos para su tratamiento –tal el caso del accionante-, sin perjuicio de que hay otros medicamentos que tienen cobertura total del costo." "En el caso, atento a las normas señaladas precedentemente y a las constancias obrantes, puedo concluir que el actor demostró que el tratamiento requerido por la médica especialista es de uso prolongado para la enfermedad que padece -maculopatía degenerativa por la edad-, por lo que corresponde la cobertura del 70 % del costo del medicamento reclamado en la causa, a cargo de la demandada, y conforme prescripción médica." "Que, en lo atinente a las quejas de la demandada acerca de que resultan altos los honorarios regulados en favor de los representantes de la parte actora, procedo a evaluar si la suma dispuesta por la magistrada de grado 25 UMA por la labor respecto del trámite principal y 5 UMA por la actividad en el incidente cautelar, lo que equivalen a un total de pesos dos millones setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta ($2.774.460), resulta congruente con el marco normativo aplicable y la labor efectivamente desarrollada."
- Disidencias: No existieron votos discordantes relevantes; los Dres. Ceroleni y González adhirieron al voto de la Dra. Sotelo de Andreau, por lo que la decisión es por mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar