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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ROMERO, CARLOS ALEJANDRO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C) SOLICITANTE: DETURRIS , TAMARA DESIREE

Juicio por transporte de casi 20 kg de marihuana: se condenó a los dos imputados por el transporte de estupefacientes. La Cámara Federal de Córdoba condenó por unanimidad a Carlos Romero como partícipe necesario a cuatro años de prisión y a Franco Romero Barreto como partícipe secundario a tres años; ordenó decomiso, destrucción de las muestras y remitir informe criminológico.

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- Actor (acusación): Ministerio Público Fiscal (Dr. Federico Massei).
- Demandados (imputados): Carlos Alejandro Romero y Franco Alejandro Romero Barreto.
- Objeto de la causa: Transporte de estupefacientes (art. 5 inc. "c" Ley 23.737) consistente en el envío y retiro de una encomienda que contenía 19.749 gramos de marihuana; utilización de la empresa de encomiendas Buspack y entrega vigilada.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Oral Federal de Córdoba, por unanimidad, condenó a Carlos Alejandro Romero como partícipe necesario del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro años de prisión, multa de 45 unidades fijas y costas; condenó a Franco Alejandro Romero Barreto como partícipe secundario a la pena de tres años de prisión, multa de 23 unidades fijas y costas; ordenó el decomiso del vehículo Toyota Hilux dominio HKJ 600, del teléfono celular Redmi Xiaomi y del dinero secuestrado; la destrucción de las muestras estupefacientes reservadas en Secretaría; y librar oficio al Servicio Penitenciario de Córdoba para informe criminológico de Franco Romero Barreto.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Con la prueba hasta aquí explayada, considero que se encuentra acreditado con el grado de certeza requerido en esta instancia que con anterioridad al día 14 de diciembre de 2024, Carlos Alejandro Romero y Franco Alejandro Romero Barreto junto con otras personas que no pudieron ser identificadas, coordinaron el transporte de 19.749 gramos de marihuana desde la provincia de Formosa hasta la provincia de Córdoba." "Estos mensajes demuestran objetivamente comunicaciones vinculadas con la adquisición, negociación y eventual distribución de sustancias en cantidades relevantes, que conocía precios y modalidades de comercialización y que se encontraba inserto en una dinámica de provisión que excedía el consumo personal. Por ello, su presencia junto a Carlos Romero en el retiro de una encomienda de casi veinte kilogramos de marihuana no puede ser apreciada como un dato aislado o neutral, o de ingenuidad e ignorancia como la sostenida por su defensa técnica." "De esta manera, la actividad desplegada por los inculpados se adecuó perfectamente a la acción expresada en el verbo típico de la figura delictiva de transporte de sustancias estupefacientes, cumpliéndose entonces, todos los requisitos objetivos y subjetivos exigidos por la ley para ser considerados penalmente responsables."
- Disidencias: no hubo; votación unánime.

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