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ARCA c/ CUENCA OBRAS S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) promovió ejecución fiscal contra CUENCA OBRAS S.R.L. por $7.155.491,79 más intereses y costas. El Juzgado Federal mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, impuso las costas al demandado y ordenó a la actora que practique liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA, ex A.F.I.P.) Demandado: CUENCA OBRAS S.R.L. Objeto: Ejecución fiscal para el cobro de la suma de $ 7.155.491,79, con más intereses y costas. Decisión: Se mandó llevar adelante la ejecución contra CUENCA OBRAS S.R.L. hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $ 7.155.491,79, con más sus intereses y las costas del presente proceso (art. 70 del CPCCN); y, por razones de seguridad jurídica y en atención a ejecuciones fiscales previas promovidas por la ARCA ante este Tribunal, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se protocolice, registre, notifíquese y publíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 7155491.79, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio." "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada." "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota." "En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ... ; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada."
- Votos en disidencia: no se registran votos en disidencia en el texto proporcionado; la resolución está firmada por el Juez Federal Subrogante Guido S. Otranto.

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