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ARCA c/ D.S. RENTAL VAN S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero promovió ejecución fiscal contra D.S. RENTAL VAN S.R.L. por $23.700.271,65 más intereses y costas. El juzgado ordenó ejecutar la deuda hasta su integral pago y exigió a la actora que practique la liquidación de la deuda reclamada.

Arca Ejecucion fiscal Deuda tributaria Liquidacion de deuda Costas Intereses Mandamiento de intimacion Cpccn art. 70 D.s. rental van s.r.l. Juzgado federal de comodoro rivadavia


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).

¿A quién se demanda?

D.S. RENTAL VAN S.R.L.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal tendiente al cobro de la suma reclamada de $ 23.700.271,65 más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra D.S. RENTAL VAN S.R.L. hasta hacerse íntegro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO de la suma de $ 23.700.271,65, con más sus intereses y las costas del proceso; asimismo, por razones de seguridad jurídica, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se protocolizó, registró, notificó y publicó la resolución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 23700271.65, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio." "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada." "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota." "En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ... corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la resolución firmada por el Juez Federal Subrogante Guido S. Otranto constituye la decisión del tribunal de primera instancia.

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