ARCA c/ MG SERVICIOS S. CAP I SECC IV s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA (ex A.F.I.P.) promovió ejecución fiscal contra MG SERVICIOS S. CAP I SECC IV por $7.126.796,94 más intereses y costas. El Juzgado Federal ordenó llevar adelante la ejecución, impuso las costas al ejecutado, rechazó la aplicación del art. 43 del CPCCN y requirió que la actora practique la liquidación de la deuda reclamada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
Demandado: MG SERVICIOS S. CAP I SECC IV.
Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $ 7.126.796,94, con más intereses y costas.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra MG SERVICIOS S. CAP I SECC IV hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $ 7.126.796,94 con más sus intereses y las costas del proceso; se dispuso que la parte actora practique liquidación de la deuda reclamada; se rechazó el pedido de aplicación del art. 43 del CPCCN por existir domicilio fiscal del demandado y se dispuso notificación en dicho domicilio o en el domicilio fiscal electrónico conforme art. 92 ley 11683. Se impusieron las costas al demandado por no haberse opuesto excepciones. Se protocolice, registre, notifique y publique.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 7126796.94, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio."
"Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada."
"Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota.-"
Parte resolutiva: "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra MG SERVICIOS S. CAP I SECC IV, hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO., de la suma de $ 7126796.94, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN." "2) ...corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada." "3) No hacer lugar al pedido que se aplique el art. 43 del C.P.C.C.N. ... por lo que las notificación serán practicadas en el mismo o en el domicilio fiscal electrónico, según corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 92 de la ley 11683 (texto según ley 27430)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el documento.
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