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ARCA c/ HOLDING S.R.L. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO promovió ejecución fiscal contra HOLDING S.R.L. por $35.579.351,06. El Juzgado ordenó continuar la ejecución hasta el pago integral con más intereses y costas y además dispuso que la actora practique la liquidación de la deuda reclamada por razones de seguridad jurídica.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO (ARCA, ex A.F.I.P.). Demandado: HOLDING S.R.L. Objeto: Cobro de la suma de $ 35.579.351,06, con más intereses y costas, en ejecución fiscal. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución contra HOLDING S.R.L. hasta hacerse íntegro pago a la ARCA de $35.579.351,06, con más sus intereses y las costas del proceso; y, por razones de seguridad jurídica y a la vista de antecedentes de otras ejecuciones fiscales, se ordenó a la parte actora que practique la liquidación de la deuda reclamada. Se protocolice, registre, notifique y publique.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "La Agencia de Recaudación y Control Aduanero inicia la presente ejecución, persiguiendo el cobro de la suma de $ 35579351.06, con más el 15% para responder a intereses y costas, conforme surge del libelo de inicio." "Admitida la ejecución, se ordenó librar y diligenciar el mandamiento de intimación de pago; el cual se encuentra agregado en autos y da cuenta de la intimación practicada." "Ahora bien, dado que no se han opuesto excepciones al progreso de la presente, las costas se impondrán al demandado, según el principio objetivo de la derrota." "1) Mandar llevar adelante la ejecución contra HOLDING S.R.L., hasta hacerse integro pago a la AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, de la suma de $ 35579351.06, con más sus intereses y las costas del presente proceso –art. 70 del CPCCN. 2) En atención a lo acaecido en diversas ejecuciones fiscales incoadas por la ARCA (ex A.F.I.P.) ante éste Tribunal ...; corresponde, por razones de seguridad jurídica, ordenar a la parte actora que practique liquidación de la deuda reclamada. 3) PROTOCOLICESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y PUBLÍQUESE."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en la resolución final.

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