BIANCHI, ANALIA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES por reajustes varios y redeterminación del haber inicial, incluyendo la actualización de la PBU y cuestionamientos de constitucionalidad. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia apelada, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
BIANCHI, Analia Teresa.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamos por reajustes varios relativos al haber previsional (redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia, actualización del componente PBU, impugnación de leyes y decretos de movilidad —leyes 27.426, 27.609—, aplicación de topes y pedido de intereses y costas).
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia apelada con los alcances expuestos; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en consecuencia, se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"La CSJN en autos 'Blanco' señaló que 'es el Congreso Nacional en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, el que deberá establecer, conforme a las facultades conferidas por la Constitución Nacional, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial'... Tiene dicho esta Cámara que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional, debiendo el mismo ser considerado como la última ratio del orden jurídico y siendo procedente solo si el interesado demostrase con acreditación fehaciente el perjuicio que le genera la aplicación del dispositivo. No habiéndose comprobado en autos un perjuicio concreto, corresponde rechazar el pedido de redeterminación requerido por la parte actora."
"La ley 26.417 modificó el art. 20 de la ley 24.241 y fijó a partir de marzo de 2009 el monto de la PBU en una suma fija... Teniendo presente el origen de la suma fija, es que esta Cámara consideró plenamente aplicable para la redeterminación de las PBU otorgadas con posterioridad a la sanción de la ley 26.417, la doctrina dispuesta por la CSJN en autos 'Quiroga', debiendo recurrirse para su reajuste a la fórmula de cálculo prevista en el texto original de la ley 24.241... En consecuencia, no corresponde hacer lugar a los agravios planteados."
"En consecuencia, corresponde en este punto modificar la resolución recurrida y declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609. En cuanto al mecanismo de recomposición aplicable... corresponde disponer la actualización trimestral de los haberes mediante un índice combinado integrado en partes iguales por las variaciones del IPC (Nivel General) del INDEC y del RIPTE, a partir del año 2022 y hasta el trimestre enero-marzo de 2024 inclusive..."
"Por último, en relación al agravio relativo a la imposición de costas, corresponde confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, y hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida..."
- Disidencia: No suscribe la señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña (señalada expresamente en la parte resolutiva); su voto no obra en el acuerdo que queda plasmado en la parte resolutiva.
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