DEL CASTILLO, JOSE CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios del haber previsional y cuestionamiento de topes y pautas de movilidad. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia apelada, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
¿Quién es el actor?
DEL CASTILLO, José Carlos.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional (redeterminación del haber inicial por aportes por servicios en relación de dependencia y autónomos; actualización de la Prestación Básica Universal —PBU—; control de topes; cuestionamiento de pautas de movilidad y del DNU 274/24; imposición de costas y aplicación del DNU 157/2018).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada en los términos expuestos en el voto mayoritario y, además, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Toda vez que la actualización de las remuneraciones computables para el cálculo del haber inicial se realizó de conformidad con la ley 27.609, y tal normativa no fue cuestionada, es que corresponde rechazar la redeterminación solicitada por la parte actora."
"Para determinar el nivel inicial de la prestación debe tenerse en cuenta la totalidad de los aportes autónomos realizados, sin limitación alguna, a fin de reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo (“Makler, Simón c/ Anses s/ Inconstitucionalidad ley 24.463” del 20/5/2003). Diferente solución corresponde a los servicios autónomos computados de conformidad a planes especiales de regularización de obligaciones autónomas. Éstos no resultan actualizables por no haber sido ingresados en tiempo análogo al desarrollo de las tareas. En consecuencia, corresponde en este punto desestimar el agravio planteado y confirmar la resolución recurrida."
"Tiene dicho esta Cámara que el reajuste del componente, en caso de acreditarse la confiscatoriedad que genera la no actualización del mismo, debe necesariamente efectuarse con el índice seleccionado por el juez de grado. Ello así toda vez que el recálculo del MOPRE con el índice establecido por la CSJN en el precedente 'Badaro' resulta ser la metodología más equitativa, ya que todas las PBU terminan siendo iguales cualquiera sea la fecha de adquisición, sin generar desigualdades injustificadas."
"10mo.1) En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 26 de la ley 24.241 y 9 inc. 3 de la ley 24.463 en la medida en que su aplicación importe una disminución en el haber inicial recalculado conforme lo ordenado que por su magnitud resulte confiscatoria en los términos del precedente 'Actis Caporale'."
"13ro.) Por último, en relación al agravio relativo a la imposición de costas, corresponde confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, y hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida..."
- Disidencia: La señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribió la resolución (figura como no suscriptora/diferente posición), por lo que hubo discrepancia individual pero la decisión fue adoptada por mayoría (Amabile y Larriera).
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