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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: ALEM, ROQUE RAMON s/LEGAJO DE CASACION

La defensa pública interpuso recurso de casación contra la denegatoria de libertad condicional de Ramón Roque Alem. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso, sosteniendo que la resolución de primera instancia cuenta con fundamentos mínimos suficientes y no adolece de arbitrariedad.

Libertad condicional Recurso de casacion Denegatoria Conducta institucional Sanciones disciplinarias Arbitrariedad Art. 13 cp Ley 24.660 Camara federal de casacion penal Ejecucion penal


¿Quién es el actor?

Defensa Pública Oficial en representación de Ramón Roque Alem (recurrente).
- Demandado / Parte adversa: Resolución dictada por el juez con función de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°2 de Córdoba (con intervención del Ministerio Público Fiscal en la instancia).
- Objeto de la demanda: recurso de casación contra la denegatoria de la libertad condicional solicitada por el interno Ramón Roque Alem.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial, sin costas, y ordenó remitir las actuacion mediante pase digital a su origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "el a quo, ponderó ... que: 'la calificación correspondiente al último período evaluado de forma completa por el Consejo Correccional en el año 2025 resultó en conducta y concepto MALO (4), habiendo obtenido el condenado, por lo menos dos sanciones disciplinarias, restando de resolución una tercera (OI N° 3807)'." "En ese sentido, frente a la invocación por parte de la defensa de los informes criminológicos del mes de abril, los cuales daban cuenta que el interno ostentaba -a la fecha
- una conducta buena (6), justipreció que: 'la regularidad que exige el artículo 13 del Código Penal no se mide en compartimentos estancos ni de manera fragmentada' sino que debe evaluarse la progresividad de forma conglobada, de la cual colige que el interno arrastra un núcleo de desafección institucional severo." "A todo evento, interesa recordar que la doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto corregir sentencias equivocadas o que la parte estime tales según su criterio divergente, sino que atiende sólo a supuestos en los que se verifica un apartamiento palmario de la solución prevista por la ley o una absoluta carencia de fundamentación ... todo lo cual no se advierte en la especie." Además, el voto principal concluye: "el pronunciamiento censurado ha sido sustentado razonablemente y el recurso sólo evidencia una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta ... En definitiva, propicio al acuerdo rechazar el recurso interpuesto por la defensa oficial, sin costas (arts. 470 y 471 a contrario sensu, 530 y ccds. CPPN)."
- Votos en el acuerdo: El voto del Dr. Alejandro W. Slokar expuso los fundamentos y propuso rechazar el recurso; los Dres. Guillermo J. Yacobucci y Angela E. Ledesma adhirieron expresamente a dicha solución. No hubo disidencia.

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