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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: RUIZ DIAZ, FABIO MIGUEL s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación contra la negativa de arresto domiciliario solicitada por Fabio Miguel Ruíz Díaz por razones del interés superior de sus hijos. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos y confirmó la denegatoria por entender que las menores “tienen garantizados los cuidados necesarios cada día” y no se acreditó una situación de abandono o riesgo actual.

Casacion Prision domiciliaria Interes superior del nino Ley 24.660 art. 32 f) Cuidado parental Riesgo/abandono Informes psicologicos Defensa Asesor de menores Camara federal de casacion penal


- Actor (quién recurre): Javier Raúl Gualda, en representación de Fabio Miguel Ruíz Díaz (defensa); y el Defensor/Asesor de Menores en representación de los intereses de M.I.R.D., E.S.R.D. y F.A.T.
- Demandado (contra quien se dirigió el recurso): Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Córdoba (decisión que denegó prisión domiciliaria).
- Objeto de la demanda: se impugna la decisión que negó el arresto domiciliario (prisión domiciliaria) a Fabio Miguel Ruíz Díaz, invocando el interés superior de los niños y el estado psíquico y socioambiental de las menores que justificaría la concesión del beneficio (art. 32 inc. f) Ley 24.660).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos de casación interpuestos por la defensa y por el asesor de menores y dispuso que se remita la causa al tribunal de origen, sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "El motivo principal para denegarlo fue crucial, trasunta en que, los hijos de Ruíz Díaz 'tienen garantizados los cuidados necesarios cada día, provistos por su madre, y cuentan con el tratamiento psicológico específico que su salud demanda y con asistencia regular y satisfactoria a instituciones educativas'. A ello se agregó que, 'las niñas habitan una residencia apropiada, junto a sus hermanos y madre, y no padecen carencias materiales de ningún tipo'." "De una valoración integral de los informes realizados en la incidencia, no surgen elementos que permitan concluir que los niños en cuestión, al menos en la actualidad, se encuentren en una situación de vulnerabilidad que amerite la concesión de lo pretendido, de acuerdo a los parámetros convencionales y legales que disciplinan la temática. Tampoco se evidencia una trascendencia negativa normativamente inaceptable, sin perjuicio, claro está, de la angustia que genera en los niños la detención de padre y la coyuntura familiar." "En conclusión, en la resolución impugnada el a quo ha evaluado correctamente los elementos objetivos presentes en el expediente, los cuales impiden conceder la solicitud de arresto domiciliario."
- Votos: Los tres jueces (Yacobucci, Slokar y Ledesma) acordaron en el rechazo; no se registra disidencia.

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