MOYANO, MARTIN ELIAS c/ MAQUE S.A. s/DESPIDO
El trabajador promovió demanda por despido contra MAQUE S.A. reclamando remuneraciones y rubros indemnizatorios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de grado que rechazó la demanda, impuso las costas por su orden y reguló honorarios en 20UMA (demandada), 12UMA (actor) y 5UMA (perito).
¿Quién es el actor?
Moyano Martín Elías.
¿A quién se demanda?
MAQUE S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido con reclamo de remuneraciones e ítems laborales (se alude expresamente a horas extras y rubros impagos).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó el decisorio de primera instancia que había rechazado la demanda, impuso las costas del litigio por su orden y las comunes por mitades y reguló los honorarios en el equivalente a 20UMA para la demandada, 12UMA para el actor y 5UMA para la perito contadora, en valores monetarios actuales, conforme al art. 1255 del CCCN y normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo):
"En el caso a estudio, el actor denunció haber prestado servicios clandestinos para la empresa emplazada durante el lapso que corre del 7 de septiembre de 2.021 y 16 de abril de 2.022 cumpliendo tareas como vigilador nocturno de 20 a 8 horas día por medio pero la única prueba corroborante de dichas prestaciones es la de Fernández (5/9/23) quien lo conoce de jugar a la pelota y afirma, precisamente, haberlo llevado a trabajar en la empresa demandada pero: a) no recuerda la fecha ni el mes en que ingresó, aunque “cree que fue antes de las fiestas” lo que no condice con la fecha de ingreso del actor: esto es septiembre de 2.021; b) no conoce el apellido de la persona que lo contrató y que sería el encargado de la empresa; c) hace referencia a prestaciones que se extenderían a turnos de 24 horas sin descanso sin que, empero, se cobrasen horas extras y e) afirma haberse desvinculado a principios del año 2.022 sin precisar fecha exacta y d) tácitamente, aunque afirma no estar afectado por las generales de la ley, se presenta como acreedor a los mismos rubros que Moyano reclama como impagos: “no le pagaban las horas extras, tenían que discutir porque no se las querían pagar”."
"Por otra parte, el relato de Fernández es desmentido por Santarán (6/10/23), cadete de la demandada, quien afirma no conocer al actor y que el personal de vigilancia cumple turno de ocho horas: si bien las manifestaciones del citado declarante son imprecisas y estaría afectado por las generales de la ley (art. 414, CPCC), en cierto grado, destrozan la versión, también, imprecisa del relato del primer declarante y no puedo olvidar ni soslayar que sobre el trabajador recae la carga probatoria de acreditar los presupuestos fácticos de su pretensión patrimonial."
"Por ello, el fallo de primera instancia debe ser dejado sin efecto sin perjuicio de que por la índole de la cuestión litigiosa y por un principio de equidad, las costas del proceso se impongan por su orden y las comunes por mitades (art. 11, LCT)."
- Votos: El Dr. Carlos Pose expuso los fundamentos y la Dra. Marina E. Pisacco adhirió. No consta disidencia.
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