RUIZ, JORGE EDUARDO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Reclamó el actor el otorgamiento del retiro por invalidez previsto en la ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la apelación, declaró acreditada la incapacidad prevista en el art. 48 de la ley 24.241 y ordenó a la ANSeS pronunciarse y, en caso de otorgamiento, pagar la prestación dentro de 30 días de quedar firme la resolución.
Actor: RUIZ, JORGE EDUARDO. Demandado: ANSeS. Objeto de la demanda: Solicitud de retiro por invalidez (art. 49 pto. 4 y art. 48 y cc. de la ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación; la Cámara tuvo por acreditada la incapacidad exigida a los fines previsionales y ordenó a la ANSeS que se pronuncie sobre el otorgamiento de la prestación y, de ser acordada, la haga efectiva dentro de los 30 días de quedar firme el pronunciamiento. Se impusieron costas por su orden y se regularon honorarios de la parte actora por $312.660 (3 UMA, UMA $104.220 cfr. SGA 1930/26). Fundamentos principales (transcripciones textuales de los párrafos más relevantes): "Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo el informe de fecha 14.7.26, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 67,76%." "Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la parte demandada en oportunidad de contestar el traslado que de aquel se le corriera a las partes." "Que en virtud de lo dictaminado, contrariamente a lo decidido por la C.M.C., corresponde declarar que quien demanda reúne las condiciones exigidas por el inciso a) del art. 48 de la ley 24241 para acceder al beneficio de retiro por invalidez." (No consta voto en disidencia en la Parte Resolutiva; los fundamentos citados integran la decisión de la mayoría.)
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