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DE CANDIA BEATRIZ MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSeS por reajustes varios del haber previsional, incluyendo actualización de la Prestación Básica Universal y otros rubros. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferirió la cuestión sobre la aplicación del precedente Villanustre, confirmó el resto del pronunciamiento, impuso costas a la ANSeS y reguló honorarios en favor de la actora.

Anses Prestacion basica universal Reajustes varios Inconstitucionalidad art.9 ley 24.463 Villanustre Prescripcion bienal Intereses (tasa pasiva bcra) Costas Honorarios Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

DE CANDIA BEATRIZ MONICA (actora/titular del beneficio).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional (incluida actualización del componente Prestación Básica Universal, aplicación de topes de la Ley 24.463, aplicación de Resolución S.S.S. 6/09 art.14 punto 2), recomposición por ley 27.541/ decretos de emergencia de enero-febrero 2021, prescripción, intereses y costas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme sus considerandos, difirió para la etapa de ejecución la cuestión atinente a la aplicación del precedente “Villanustre, Raúl Félix”, confirmó el resto del pronunciamiento apelado que fue materia de agravios, impuso las costas de Alzada a la demandada conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena”, reguló honorarios a favor de la representación letrada de la actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior con más IVA y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma lo dispuesto en la instancia de grado." "En tal orden, corresponde confirmar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021." "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se confirma lo resuelto en la instancia de grado." "…dado que no se ha efectuado aún una liquidación de los haberes reajustados según sentencia y no resulta posible, en consecuencia, verificar si eventualmente podría ser de aplicación el precedente “Villanustre” invocado por la alzada, resulta prematuro y conjetural expedirse sobre el planteo de la actora en este sentido… ...ello no afecta el derecho que asiste al recurrente de formular en la etapa de ejecución los reclamos que estime pertinente (CSJN “López Luis c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, sentencia del 13 de julio de 2010)." (se decide diferir la cuestión para la etapa de ejecución). "En referencia a la prescripción dispuesta en la instancia anterior, resulta aplicable la doctrina de la C.S.J.N. plasmada en los autos: “Jaroslavsky, Bernardo” ... Por ende, se confirma la prescripción bienal dispuesta en la instancia de grado." "Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ... por lo que considero acertado lo decidido en la instancia de grado sobre el particular." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN ... se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Juan Alberto Fantini expresó disidencia con el voto de la preopinante y, en particular, sostuvo que el agravio respecto de la Prestación Básica Universal debía ser desechado por falta de un agravio concreto y razones procesales; sin embargo, la mayoría resolvió revocar parcialmente la sentencia y diferir la cuestión "Villanustre". (Se aclara que la disidencia no integra la decisión del Tribunal).

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