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ZABALA LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Zabala promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia apelada, diferenció para la ejecución la evaluación de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, de los “bonos” y refuerzos extraordinarios y del artículo 26 de la Ley 24.241, confirmó lo demás, impuso costas a ANSeS y reguló honorarios del apoderado.

Zabala Anses Reajustes varios Ley 27.609 Dnu 274/2024 Bonos/refuerzos extraordinarios Art. 26 ley 24.241 Inconstitucionalidad diferida Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

Zabala, Luis.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (cuestiones relativas a la Prestación Básica Universal, aplicación de topes e impuestos, movilidad por Ley 27.609, bonos/refuerzos extraordinarios, y aplicación del art. 26 de la Ley 24.241).
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609, la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios” y el tratamiento del artículo 26 de la Ley 24.241; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas de Alzada a la demandada vencida; reguló honorarios de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior con más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto del fallo): “El único resultado que procura evitar es la materialización de un supuesto de confiscatoriedad con relación a uno de los componentes del haber. En este sentido nos hemos expedido en los expedientes Nº: 1331/2016 Autos: ‘CARRIZO ROSA ESTER c/ ANSES s/ REAJUSTES VARIOS’, Sentencia Interlocutoria de fecha 27 de diciembre de 2022; ... con argumentos a los que remitimos por razones de economía procesal.” “En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución.” “Este enfoque se justifica, además, en la necesidad de asegurar que la transición hacia el nuevo sistema de movilidad no implique una ruptura en la equidad del tratamiento de los beneficiarios.” “En virtud de lo esbozado, entiendo que el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia, máxime que no se encuentra efectivamente determinado el haber inicial de quien acciona y que se ha ordenado diferir el tratamiento del pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.609.” “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini disintió parcialmente del voto preopinante en lo relativo a la cuestión vinculada a la ley 27.541 y decretos conexos, pero adhirió a la solución propuesta respecto de la ley 27.609 y compartió el resto del voto. (Se aclara que la decisión del Tribunal resulta del acuerdo mayoritario consignado en la parte resolutiva.)

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