DIAZ ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes previsionales por adquisición de beneficio y aplicación de PBU y topes legales. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió para ejecución cuestiones sobre Villanustre, bonos extraordinarios y regulación de honorarios de primera instancia, y confirmó lo demás, imponiendo costas de Alzada a ANSeS y regulando honorarios por la apelación.
¿Quién es el actor?
Díaz Alberto.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional, actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, revisión de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de normas y decretos (entre ellas Ley 27.609, Ley 27.426, Ley 24.463 y diversos decretos/bonos), y regulación de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme los considerandos; diferió para la etapa de ejecución la cuestión relativa a la aplicación del precedente "Villanustre, Raúl Félix", el tratamiento de la incorporación de "bonos" y/o "refuerzos extraordinarios" y la regulación de honorarios de Primera Instancia; confirmó el pronunciamiento apelado en lo demás; impuso costas de Alzada a la demandada conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS”; reguló los honorarios de la representación letrada de la actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA; y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio):
"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 07/11/2022, en vigencia de la Ley 24.241 con las modificaciones introducidas por la Ley 27.609."
"En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro' ... y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria..."
"En relación a los 'subsidios extraordinarios', 'refuerzos previsionales' y/o 'bonos extraordinarios' establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) ... entiendo que el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia ... por lo que propicio tal como lo hice con relación a la Ley 27.609 diferir su evaluación para la etapa de ejecución de sentencia."
"Las manifestaciones que vierte el organismo sobre la aplicación del precedente 'Villanustre, Raúl Félix' ... son meramente conjeturales y –por lo tanto– no constituyen un agravio concreto ... En consecuencia, la cuestión atinente a la aplicación del precedente citado, se difiere para la etapa de ejecución de sentencia."
"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN ... se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Juan Alberto Fantini adhiere al decisorio con excepción de lo resuelto en torno a la Prestación Básica Universal, aportando criterios distintos sobre la redeterminación de la PBU y remitiéndose a sus precedentes ("Perfetto", "Grattone") — dicha posición figura como discrepancia parcial pero la decisión de la Cámara se conformó según el bloque dispositivo citado.
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