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GOMEZ JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes varios sobre su haber previsional y reparación por percepciones devengadas en enero-febrero de 2021. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó la sentencia apelada, ordenó costas de alzada por su orden y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.

Gomez juan carlos Anses Reajustes varios Movilidad previsional Ley 27.609 Dnu 274/2024 Ley 27.423 Costas de alzada Inconstitucionalidad diferida Enero-febrero 2021


¿Quién es el actor?

GÓMEZ JUAN CARLOS.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, con especial atención a la recomposición del haber de enero de 2021 (y febrero de 2021) conforme a la pauta de movilidad suspendida y cuestionamientos sobre la ley 27.541, la ley 27.609, los decretos vinculados, el DNU 274/2024, el impuesto a las ganancias, excepción de prescripción y costas. Se consignó además que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 27/02/2006.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de Alzada por su orden (art. 36 Ley 27.423) y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
- "Corresponde confirmar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021."
- "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
- "El DNU 274/2024 introdujo una nueva pauta de movilidad previsional... Habida cuenta la estrecha relación y conexidad existente entre el decreto y la ley 27.609 se impone su tratamiento conjunto. En consecuencia, corresponde adoptar idéntica solución que con la ley 27.609. Consecuentemente, se difiere el análisis del DNU 274/2024 para la etapa de ejecución de sentencia, donde podrá evaluarse su real incidencia en la cuantía del haber."
- Sobre costas: "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN... se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y disidencia: La decisión fue mayoritaria (votos de la Dra. N. C. Dorado y del Dr. W. F. Carnota). El Dr. J. A. Fantini expresó disidencia con el voto de la preopinante (se consignó: "Disiento con el voto de mi colega preopinante").

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