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CORNEJO ZULEMA NILDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes por haberes previsionales cuestionados frente a ANSeS; la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios y ordenó costas de alzada por su orden, devolviendo las actuaciones al juzgado de origen.

Reajustes Anses Prestacion basica universal Topes Ley 24.463 Ley 24.241 Ejecucion de sentencia Costas Ley 27.423 Confiscatoriedad


¿Quién es el actor?

CORNEJO Zulema Nilda.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales, con cuestionamientos sobre la actualización del componente Prestación Básica Universal (PBU), aplicación del artículo 9 inc. 3) de la Ley 24.463 (topes), artículo 26 de la Ley 24.241, art. 14 punto 2) de la Resolución S.S.S. 6/09, impuesto a las ganancias y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de Alzada por su orden conforme al art. 36 de la Ley 27.423 y ordenó devolver las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 18/04/2017, en vigencia de la Ley 24.241." "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma lo dispuesto en la instancia de grado." "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN 'Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios', sentencia del 6 de agosto de 2015) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se confirma lo resuelto en la instancia de grado." "Sobre el artículo 26 de la Ley 24.241, corresponde confirmar el diferimiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión." "En atención al agravio referido al impuesto a las ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tenido la oportunidad de expedirse al respecto ... Por tales motivos, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitirme a dichos fundamentos." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y disidencias: Los Dres. Nora C. Dorado (voto que encabeza), Juan A. Fantini y Walter F. Carnota adherieron y conformaron el acuerdo; no se registran disidencias.

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