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PASTRAN SILVA, RICARDO ANDRES s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización de RICARDO ANDRES PASTRAN SILVA. El Juzgado Federal declaró ciudadano argentino por naturalización a RICARDO ANDRES PASTRAN SILVA, ordenando la extensión del título respectivo condicionada al juramento, con notificación a Migraciones, la Cámara Nacional Electoral y otros organismos.

Naturalizacion Ciudadania argentina Juramento Inscripcion Enrolamiento Ley 346 Decreto 3213/84 Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Inscripcion registral.


¿Quién es el actor?

RICARDO ANDRES PASTRAN SILVA.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (órganos competentes en materia de nacionalidad y registro: Dirección Nacional de Migraciones, Registro Nacional de las Personas, Cámara Nacional Electoral, etc.).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización (incorporación a la ciudadanía argentina).

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadano argentino por naturalización a RICARDO ANDRES PASTRAN SILVA, DNI Nº 95.691.115, y se ordenó extender el título respectivo, condicionando su otorgamiento al juramento de fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes; se informó la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año desde el juramento y las consecuencias por eventual ocultamiento de datos o fraude, y se dispusieron las notificaciones y comunicaciones a los organismos pertinentes.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del texto de la sentencia): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina." "Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por el peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadano argentino por naturalización a RICARDO ANDRES PASTRAN SILVA, DNI N° 95.691.115, hijo de Ricardo Simon PASTRAN y de Lisbeth Yasmin SILVA DE PASTRAN, nacido el 02 de septiembre de 1986, en Barquisimeto, Lara, Venezuela, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento. Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención."
- Votos en disidencia: No constan disidencias en el expediente.

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