NUTEC DIGITAL INK PTY LTD c/ AUSTRAL TRADING SERVICES SA s/CESE DE USO DE MARCA
Acción promovida por Nutec Digital Ink (PTY) LTD solicitó nulidad y cese por uso de la marca NUTEC DIGITAL INK & Diseño; el Juzgado declaró nulo el registro 2.910.932 (acta 3.548.477) de Austral Trading Services S.A. y ordenó el cese de uso, imponiendo además las costas a la demandada y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
Nutec Digital Ink (PTY) LTD (empresa sudafricana, fabricante de tintas para impresión digital).
¿A quién se demanda?
Austral Trading Services Sociedad Anónima.
- Objeto de la demanda: pedido principal de cese de uso de la marca “NUTEC DIGITAL INK & Diseño” (acta n.º 3.548.477 / resolución 2.910.932, clase 2), reivindicación registral o, subsidiariamente, nulidad del registro; publicación de la sentencia e imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva; se hizo lugar parcialmente a la demanda: se declaró la nulidad del registro de la marca 2.910.932 (acta 3.548.477) de Austral para toda la clase 2, se ordenó el cese de uso del signo por parte de Austral y se rechazó la acción de reivindicación. Se impusieron las costas a la demandada y se reguló honorarios (montos expresados en UMAS y equivalentes monetarios).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"La demandada registró un signo cuya utilización previa por parte de la actora conocía o, por las circunstancias del caso, no podía razonablemente desconocer, configurándose así un supuesto de apropiación indebida incompatible con los principios de buena fe, moral comercial y competencia leal que inspiran el régimen de protección marcaria." (Considerando IX)
"La totalidad de los elementos incorporados al proceso, apreciados conforme las reglas de la sana crítica racional (art. 386 del Código Procesal), permiten tener por configurado el supuesto previsto en el art. 24, inc. b), de la Ley n.º 22.362." (Considerando IX)
"Por ello, corresponde declarar la nulidad del registro de la marca "NUTEC DIGITAL INK & Diseño", resolución 2.910.932
- acta n° 3.548.477-, clase 2, de titularidad de Austral Trading Services S.A. Asimismo, ... corresponde hacer lugar a la acción de cese de uso promovida por la actora, ordenando a la demandada abstenerse de utilizar el referido signo o cualquier otro que resulte sustancialmente idéntico o confundible." (Considerando IX y X)
“Hago lugar parcialmente a la demanda promovida por Nutec Digital Ink (PTY) LTD. En consecuencia: a) Declaro la nulidad de la marca ... b) Hago lugar a la demanda por cese de uso de marca ... c) Rechazo la solicitud de reivindicación...” (FALLO, ítems 2 a)–c))
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la decisión es unipersonal y firme en primera instancia por el Juzgado interviniente.
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