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ARCA c/ HIT 1 S.A. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

ARCA (ex A.F.I.P.) promovió ejecución fiscal contra HIT 1 S.A.; se discutió la regulación de honorarios de la representación letrada. La Cámara modificó la regulación y redujo los honorarios a 59,36 UMAs (equivalentes a $6.186.499,20), imponiendo su pago a cargo de la actora y disponiendo el depósito del IVA si correspondiera.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARCA (Ex A.F.I.P.) Demandado: HIT 1 S.A. Objeto: Ejecución fiscal; en la instancia se discutió la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte demandada. Decisión: La Cámara modificó la regulación de honorarios practicada el 9 de abril de 2026 y los redujo a 59,36 UMAs —equivalentes a $6.186.499,20—, a cargo de la actora; aclaró que en dichos importes no está incluido el IVA, por lo que la obligada deberá depositar el tributo juntamente con el pago, si correspondiera. Se dejó constancia de la vacancia de la Vocalía Nro. 15 y se ordenó registrar, notificar y oportunamente devolver las actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción): "I.
- Que en función de la naturaleza del proceso; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia, por la dirección letrada y representación legal de la parte demandada, corresponde modificar la regulación de honorarios practicada el día 9 de abril de 2026 y reducirlos a la cantidad de 59,36 UMAs –equivalentes a $6.186.499,20-, a cargo de la actora (arts. 16, 20,21, 24, 29 inc. f), y ccdtes. de la Ley Nº 27.423 y Resolución SGA Nº 1930/26)." "II.
- Que cabe dejar aclarado que, en los importes establecidos precedentemente, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada respecto de dichos emolumentos, deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo juntamente con el monto del pago, en caso de corresponder."
- Disidencias relevantes: No constan votos en disidencia en el dispositivo final.

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