RUIZ MAGADAN, FERNANDO RAFAEL c/ HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION (EX 5959/25 - RESOL 637/25) s/CONGRESO DE LA NACION - LEY 24600 - ART 40
Recurso directo por cesantía de personal del Congreso por supuestas inasistencias. La Cámara admitió el recurso, declaró la nulidad absoluta de la Resol. 637/25 de la HCDN y ordenó la reincorporación del Dr. Fernando R. Ruiz Magadán, regulando además honorarios por $729.540.
¿Quién es el actor?
Dr. Fernando Rafael Ruiz Magadán.
¿A quién se demanda?
Honorable Cámara de Diputados de la Nación (HCDN).
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la resolución 637/25 que dispuso la baja y la sanción de cesantía del Dr. Ruiz Magadán por supuestas inasistencias e incumplimiento de jornada mínima, en los términos del art. 40 de la ley 24.600.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió el recurso, declaró la nulidad absoluta de la resolución 637/25 por vicios en el procedimiento y en la motivación, ordenó la reincorporación del Dr. Ruiz Magadán en la categoría escalafonaria que revistaba y reconoció los haberes devengados desde el cese hasta la reincorporación; reguló los honorarios del letrado en $729.540.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Que, si bien es cierto que no cualquier omisión de un trámite en el expediente administrativo acarrea sin más la nulidad de la resolución que en él recaiga, en el caso se vislumbra una serie de inobservancias procedimentales que trajeron consecuencias irreparables al interesado y que trasuntan en la admisión de sus críticas, a saber: (i) La notificación inicial —circunscripta a tres días de presuntas inasistencias, equivalentes a apenas el 6,12% de las jornadas que totalizaron el fundamento del acto de cesantía— no fue realizada al correo electrónico institucional del Dr. Ruiz Magadán, sino a su e-mail personal. A su vez, no fue suscripta por funcionario alguno. ... (iv) Frente a la falta de agregación al expediente de la segunda intimación emergente del art. 38 del DP 735/96 —relativo a supuestos de cesantía; cfr. ut supra, considerando 9º—, la Administración omitió este requisito adicional, que debía ser formulado —por estricta previsión reglamentaria, lo cual refuerza su rol e importancia en pos de garantizar el derecho de defensa del administrado— mediante 'telegrama colacionado o carta documento', diligenciado 'a través de la oficina de personal dirigida al último domicilio registrado en el legajo personal del agente' y suscripto 'por el responsable del área'. Tal irregularidad provocó que el agente no pudiera discutir ante su empleador —siquiera someramente— el 93,88% de las jornadas presuntamente injustificadas."
"Que, en virtud de tales consideraciones, corresponde admitir el recurso intentado y, en consecuencia, declarar la nulidad absoluta de la resolución 637/25, por vicios en el procedimiento y en la motivación (art. 7º, incs. b, d y e; y art. 14, inc. b, de la ley 19.549). ... En consecuencia, debido a las inobservancias apuntadas, que incluyen la falta de valoración de pruebas que podrían haber sido conducentes para la solución del pleito, la decisión adoptada debe descalificarse como acto válido."
"Que, sobre tales bases y en función de los postulados antedichos, deviene insustancial expedirse sobre los restantes agravios esgrimidos por el recurrente. A su vez, la admisión del recurso obliga —por estricta voluntad legislativa y en cumplimiento de las previsiones del art. 40, in fine, de la ley 24.600— a ordenar la reincorporación del Dr. Fernando Rafael Ruiz Magadán en la categoría escalafonaria que revistaba, y a reconocer en su favor los haberes devengados desde el cese y hasta el momento de su efectivo retorno como personal de planta permanente del Poder Legislativo Nacional."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la Parte Resolutiva expresa la decisión de la mayoría.
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