DELACROIX, MARIA DEL PILAR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó el reajuste del haber previsional conforme a la ley 24.016. La Cámara Federal de Salta rechazó el recurso de apelación de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia del 7 de abril de 2026, imponiendo las costas de la Alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
María del Pilar Delacroix.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional conforme a la ley 24.016 (reajuste de haberes). La actora adquirió el beneficio previsional a partir del 1 de diciembre de 2013 bajo el régimen de la ley 24.241 por servicios docentes.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y, en consecuencia, se confirmó la sentencia definitiva de primera instancia del 7 de abril de 2026 en lo que fue materia de agravios. Se impusieron las costas de la Alzada a la demandada (art. 36 ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que de las constancias digitales de la causa se observa que la Sra. Delacroix adquirió su beneficio previsional a partir del 1 de diciembre de 2013 bajo el régimen de la ley 24.241 por sus servicios docentes."
"Que toda vez que la cuestión planteada por la demandada en lo referente a la movilidad resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Sala en el antecedente 'Abdo, Delia Graciela c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', Expte N°25000284/2009, sent. del 17 de marzo de 2016, desde el cual que esta Sala viene sosteniendo, con remisión al precedente 'Gemelli' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos:328:2829), que el régimen de la ley 24.016 se encuentra vigente, por lo que no puede sostenerse válidamente que ello pueda resultar desplazado por las disposiciones del decreto 137/05, o lo que es igual, que el reconocimiento del Suplemento creado mediante dicha norma y el reconocimiento de un coeficiente de variación salarial específico (Res. SSS 14/09) eliminen el piso mínimo de movilidad que surge de la ley (cfr. esta Sala en 'Gómez Borus, María Amelia c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes', Expte. FSA N° 5880/2017/CA1, sentencia del 16 de marzo de 2020), procede el rechazo del agravio."
"Que se rechaza por improcedente las críticas vertidas por el organismo en torno a la inclusión de las sumas no remunerativas, toda vez que de la simple lectura de la manda se advierte que la magistrada de grado no se expidió al respecto."
"Que los reproches sobre la imposición de costas guardan relación con la doctrina sentada por el Alto Tribunal en la materia en el precedente 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' sent. del 22/06/2023, por lo que resultando ser la demandada la vencida, se confirma lo decidido por el magistrada de grado sobre el punto."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en la parte dispositiva final; lo resuelto surge del acuerdo que confirma la sentencia de primera instancia.
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