Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MONTOYA, BERNARDO ALFREDO Y OTRO s/ABUSO DE AUTORIDAD Y VIOL. DEB.FUNC.PUBL.(ART.248) y ENCUBRIMIENTO (ART.277) DENUNCIANTE: ACOSTA, ADRIANO (F) Y OTROS
Condenan por encubrimiento y abuso de autoridad a Bernardo Montoya y Jorge Vázquez Rey; les imponen 3 años de prisión e inhabilitación por 4 años y suspenden condicionalmente las penas con reglas de conducta por dos años. La Cámara integró los pronunciamientos de la Casación y fijó las sanciones, remitiendo testimonios al Registro Nacional de Reincidencia.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público/Estado (Ministerio Público Fiscal en el marco de la acción penal pública).
- Demandados: Bernardo Alfredo Montoya (DNI 8.220.981) y Jorge Demetrio Vázquez Rey (DNI 4.197.190).
- Objeto de la demanda: Enjuiciamiento por los delitos de encubrimiento (omisión de denunciar) cometidos en tres oportunidades respecto de crímenes de lesa humanidad (privaciones ilegales de la libertad agravadas por su duración) y concurrencia con el delito de abuso de autoridad (art. 248 CP), con determinación de penas.
¿Qué se resolvió?
Se integraron, para la determinación de la pena, los pronunciamientos condenatorios dictados por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal y, en consecuencia, se impusieron a cada uno de los acusados las penas de tres (3) años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos por cuatro (4) años, con obligación de sufragar las costas; además, las penas privativas de libertad quedaron en suspenso, condicionadas al cumplimiento por dos años de la regla de conducta de fijar domicilio y comunicar su modificación. Finalmente, ordenó remitirse testimonios al Registro Nacional de Reincidencia y practicarse los cómputos pertinentes.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"I. Integrar, en lo concerniente a la determinación de la pena, el pronunciamiento condenatorio dictado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal respecto de Bernardo Alfredo Montoya (DNI Nº 8.220.981), mediante el cual fue declarado coautor penalmente responsable del delito de encubrimiento, en la modalidad de omisión de denunciar, cometido en tres oportunidades, respecto de los crímenes de lesa humanidad constituidos por las privaciones ilegales de la libertad agravadas por su duración perpetradas en perjuicio de: a) Mirta Leónidas Insfrán y Ricardo Ramón Borgne; b) Adriano Acosta, Raquel Ubalda Lebi, Elsa Alicia Chagra y Ángela Ramona Colman; y c) Andrés Medina. Tales hechos concurren realmente entre sí y, a su vez, con el delito de abuso de autoridad."
"En consecuencia, imponer a Bernardo Alfredo Montoya, cuyos demás datos filiatorios obran en la causa, a las penas de tres (3) años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos por cuatro (4) años (arts. 20, 40, 41, 45, 55, 248 -segunda oración
- y 277 -inciso 6º
- del Código Penal) y la obligación de sufragar las costas del proceso (artículo 29 -inciso 3°
- del Código Penal)."
"III. Dejar en suspenso la pena privativa de la libertad impuesta a Bernardo Alfredo Montoya, condicionada al cumplimiento durante el término de dos años de la siguiente regla de conducta: fijar domicilio y comunicar su modificación a este tribunal (artículos 26 -primer párrafo
- y 27 bis del Código Penal)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión consignada corresponde al acuerdo de la Cámara.
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