BARTOLINI, SILVIA MAGDALENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajuste y movilidad de su haber previsional; la Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación de ANSES y confirmó la sentencia que ordenó el recálculo del haber aplicando el índice ISBIC hasta febrero de 2009. Además, la Cámara declaró la inconstitucionalidad de la Res. 56/2018 de ANSES, de la Res. 1/2018 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social y del art. 3º del DNU 157/2018, imponiendo las costas a ANSES y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
Bartolini, Silvia Magdalena (actora jubilada, titular de beneficio previsto por la ley 24.241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y movilidad del haber previsional; reclamo del recálculo del haber inicial aplicando índices de actualización de aportes (ISBIC vs otros índices) y declaración de inconstitucionalidad de normas administrativas y DNU vinculadas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y se confirmó la sentencia de primera instancia; se declaró la inconstitucionalidad de la Res. 56/2018 de ANSES y de la Res. 1/2018 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social en cuanto impiden la aplicación del índice ISBIC para actualizar aportes en relación de dependencia hasta febrero de 2009; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas de la instancia a ANSES; se regularon honorarios de la letrada de la actora en un 33% de lo que se le fije en primera instancia y no se regularon honorarios a los letrados de la demandada; se dejó presente la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Se concluye, entonces, que toda norma dictada por la ANSES o por resolución ministerial que se oponga a la utilización del índice ISBIC para actualizar los aportes efectuados en relación de dependencia hasta el mes de febrero 2009 resulta inválida y así debe resolverse. Por ello, se declara de oficio la inconstitucionalidad para el caso concreto de la Res. 56/2018 de ANSES (ratificada por la Res. 1/2018 del Ministerio de Salud y Desarrollo Social – Secretaría de la Seguridad Social). (confr. 'Rodríguez Pereyra', Fallos 335:2333) y se resuelve la aplicación del índice ISBIC hasta febrero de 2009 para el reajuste del haber inicial de la actora."
2) "Luego, a partir del 1º de marzo del 2009, deben aplicarse las pautas que determinan la ley 26.417 y sus sucesivas modificatorias y complementarias, que cambiaron la forma de practicar la actualización."
3) "Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES, conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los tres jueces (Busaniche, Aranguren y Gomez) adhieren al voto que resuelve.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: