MORALES, JUAN OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó Morales contra ANSES por reajustes previsionales y la aplicación de distintas normas de movilidad. La Cámara Federal de Mendoza - Sala B hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y del art. 3 del DNU 157/2018, impuso costas a ANSES y reguló honorarios.
Actor: MORALES, JUAN OSCAR. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de prestaciones previsionales —cuestiones relativas a recalculo del haber inicial (ISBIC vs RIPTE/índice combinado), declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 2 Ley 27.426; art. 1 Ley 27.609; art. 3 DNU 157/2018), exención del impuesto a las ganancias y aplicación de topes— y liquidación de diferencias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza
- Sala B resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES para REVOCAR la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426; declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609 y del art. 3 del DNU 157/2018; impuso las costas a la demandada y reguló los honorarios profesionales en un 30% de lo que se fije en primera instancia (con actualización al UMA).
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426."
- "B
- ... En cuanto al Decreto 807/16 y Resolución SS 6/16, no resultan aplicables al caso de autos, toda vez que el actor adquirió su beneficio previsional con anterioridad a la fecha establecida en el art. 5 del primero (alta a partir del mensual agosto 2016). Por lo expuesto, propongo no hacer lugar al planteo del recurrente y, en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad de oficio de la Resolución de ANSES 56/2018 y de la Secretaria de la Seguridad Social 1/2018... debiendo mantener el índice ISBIC para la actualización del haber inicial (conforme al precedente 'Elliff')."
- "B
- ... En efecto, la Corte concluyó que con la resolución N° 56/2018 ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía...". (este pasaje integra el fundamento por el que se mantiene ISBIC y se declara la nulidad de las resoluciones administrativas citadas).
- "5
- AGRAVIOS DE LA ACTORA: ... B
- En cuanto al agravio respecto a la inconstitucionalidad del régimen de movilidad de la ley 27.609,si bien no fue pedido en la demanda, corresponde hacer lugar al mismo y, conforme a los fundamentos expuestos por esta Alzada ... en los cuales se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609 y se ordenó comparar la movilidad legal con el IPC, aplicando el mayor resultado hasta marzo de 2024. En virtud de lo cual corresponde confirmar tal punto del pronunciamiento y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.609."
- "6
- En lo que respecta a las costas: ... Por lo dicho, corresponde la imposición de costas a ANSES (arts. 68 y 71 del CPCCN y 36 de la ley 27.423)."
Observaciones sobre disidencia: Los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron al voto del Dr. Manuel Alberto Pizarro. No se registran votos en disidencia en el acuerdo final.
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