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LEMOS, NESTOR FABIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamación por accidente/enfermedad laboral contra PROVINCIA ART S.A. La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada respecto de los accesorios de condena y la regulación de costas y honorarios, imponiendo costas de primera instancia a la ART y regulando honorarios en UMA según lo indicado.

Apelaion Ley 27.348 Intereses Uma Honorarios Costas Art Primera manifestacion invalidante Accidente/enfermedad laboral Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Lemos, Néstor Fabián.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por incapacidad/accidente laboral (recurso Ley 27348), con pretensiones relativas a capital condematorio, intereses, costas y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada; ordenó que los accesorios de condena se ajusten a las pautas expuestas en los considerandos; dejó sin efecto los pronunciamientos sobre costas y honorarios (para disponer originariamente sobre ellos); impuso las costas de primera instancia a PROVINCIA ART S.A.; reguló honorarios en sede administrativa y de primera instancia en 146,11 UMA, 142,39 UMA y 43,7 UMA (equivalentes a $15.227.584,20; $14.839.885,80; $4.554.414.-) y fijó que en esta instancia los honorarios serán el 30% de lo asignado por la anterior; e impuso las costas de Alzada por su orden.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): “De las constancias que surgen del Expediente SRT Nº 591980/2024 que obra digitalizado en autos, luce que la fecha de la primera manifestación invalidante de la enfermedad reclamada fue el 18/08/2022 y no el 1ª/08/2022. Ello se desprende del acta de audiencia médica, del dictamen médico del 12/08/2024 (folio 4/6 y35/37), de la constancia del alta médica ( folio 26), de la disposición de alcance particular del 14.08.2024 (folio 29/30), del alegato presentado por el reclamante (cfr.folio 104) y de su escrito de apelación (cfr. fs. 433).” “A su vez, es dable señalar que, en mi criterio, ... los intereses deben computarse en el primer caso desde la fecha del siniestro y en el segundo desde la fecha de la toma de conocimiento de la incapacidad o primera manifestación invalidante, en la especie: 19.03.2021 (conf. arts.14 inciso 2 apartado ‘a’ y 15 inciso 2 de la Ley 24557; art.2°, tercer párrafo, de la Ley 26773 y art.11 inciso 2° de la Ley 27.348, que sustituyó el artículo 12 de la Ley 24.557).” “Sobre el tópico, es dable precisar que no resulta procedente, en la especie, la aplicación del Decreto 669/19 ... la utilización de la tasa activa -negativa en los últimos años-, para calcular los intereses en este tipo de acciones, implicaba una confiscatoriedad del crédito del trabajador ... Ahora bien, al respecto, postulo aplicar el nuevo temperamento seguido por este Tribunal ... En este sentido, los accesorios deberían ajustarse a lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 27.802, norma de orden público, de aplicación inmediata y de oficio.”
- Disidencias: No constan votos en disidencia; ambos jueces (González y Pesino) adhieren al acuerdo.

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