BARRETO CURO, MANUEL c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó reparación por accidentes de trabajo ocurridos el 22/8/2022 y el 25/4/2023 contra Prevención ART S.A.; la Cámara modificó la condena por el accidente del 22/8/2022 reduciendo el monto a $1.602.319,69 y confirmó lo demás, aplicando intereses conforme al criterio de actualización por RIPTE y regulando costas y honorarios en la alzada.
¿Quién es el actor?
Barreto Curo, Manuel.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidentes de trabajo y consecuente indemnización por incapacidad laboral. Se denunciaron dos siniestros (22/8/2022 y 25/4/2023).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado respecto del accidente del 22/8/2022 reduciendo la condena a $1.602.319,69, que llevará los intereses dispuestos en el considerando V del voto del Dr. Sudera; confirmó la sentencia en el resto de lo impugnado; dejó sin efecto la imposición de costas y los honorarios regulados en primera instancia y los regulará conforme al considerando VI; impuso las costas de grado a cargo de la demandada y las de alzada en el orden causado; y reguló los honorarios de la representación en la alzada en el 30% de lo que les corresponde por su actuación en grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "De la lectura de la sentencia surge que al considerar el salario de julio de 2022 existió un error numérico -en vez de considerar el salario informado por ARCA de $254.527,37 se sumó $25.452.737-, por lo tanto, conforme al citado artículo, con los datos aportados por ARCA, los salarios actualizados por el RIPTE del mes del accidente arrojan un IBM de $203.003,72.
- Consecuentemente, auspicio modificar el IBM a $203.003,72.-"
2) "Dado lo propuesto en los considerandos anteriores, deviene necesario recalcular el quantum indemnizatorio y en los términos del art. 14 ap. 2 'a' LRT se arroja el siguiente resultado: $1.335.266,41 (53 x 8,21% x $203.003,72.
- x 65/43) monto que resulta superior al piso mínimo legal garantizado, por lo que aquella suma debe adicionarse el 20% del art. 3 de la ley 26773, lo que arroja un monto de condena de $1.602.319,69.
- Por ende, voto por reducir la condena a esta última suma."
3) "Con remisión a los fundamentos expuestos en la causa 'Valdiviezo, Víctor Alejandro c/ La Segunda ART S.A. s/ Recurso Ley 27348' -Expte. nro.6.455/2025
- esta Sala ha adoptado el criterio de que el crédito reconocido deberá ser repotenciado mediante la aplicación del índice RIPTE desde la fecha del evento dañoso -22/8/22
- y hasta su efectivo pago y sólo en caso de incumplirse con el pago en el plazo acordado, se aplicarán los intereses del modo establecido en el tercer párrafo del art. 12 de la ley 24557 ... En consecuencia, sugiero modificar la sentencia en el sentido expuesto."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en la parte dispositiva; la Dra. Andrea E. García Vior adhirió al voto del Dr. Sudera.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: