SALDAÑA, DINA ELIZABETH c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó la actora indemnización por accidente (ley especial) por esguince de tobillo y secuelas psicológicas; la ART se opuso. La Cámara modificó la sentencia de grado: redujo la condena a $262.756,53, dejó sin efecto el adicional del art. 3 de la ley 26773, confirmó el sistema de intereses aplicado en grado e impuso costas y regulación de honorarios conforme al dispositivo.
¿Quién es el actor?
Dina Elizabeth Saldaña (parte actora).
¿A quién se demanda?
Swiss Medical ART S.A. (parte demandada).
- Objeto de la demanda: acción indemnizatoria por accidente (ley especial) ocurrido el 21/7/2020 —esguince de tobillo izquierdo— y reconocimiento de secuelas, incluida incapacidad psicológica; plus reclamos sobre actualización monetaria, intereses y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió modificar la sentencia recurrida y reducir el monto de condena a $262.756,53 más los intereses fijados en grado; impuso las costas de alzada en el orden causado; fijó los honorarios de primera instancia en 20, 18 y 9 UMA para la representación letrada de la actora, demandada y perito médica respectivamente; y fijó, por la alzada, el 30% de lo que correspondan percibir por las tareas de grado para los letrados de actora y demandada. Asimismo dejó sin efecto la condena al pago del adicional previsto en el art. 3 de la ley 26773 en cuanto aplicó al caso in itinere, y confirmó el sistema de intereses adoptado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En efecto, la peritación rendida no se exhibe debidamente fundada ya que en ella se refiere que la accionante, como consecuencia del accidente padecido, presenta una reacción vivencial anormal neurótica de grado II, que la incapacita en el 10% de la total obrera, pero en dicho dictamen no se exponen fundamentos objetivos por los cuales se concluyó acerca de la presencia del cuadro psíquico informado ... resulta insuficiente para tener por acreditada la relación causal adecuada en tanto no se han aportado elementos probatorios que permitan establecer de qué modo el accidente padecido ... pudo haber provocado la patología psíquica señalada en la pericia..."
"En orden a la declaración de inconstitucionalidad efectuada por el Sr. Juez de grado, cabe recordar que es doctrina reiterada de la Corte Suprema ... quien pretende la declaración de inconstitucionalidad debe demostrar de manera clara y concreta el perjuicio que la norma le ocasiona en el caso particular ... la exclusión prevista en el art. 3 de la ley 26773 no aparece como una decisión legislativa irrazonable ... En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio de la demandada, revocar este aspecto del pronunciamiento y dejar sin efecto la condena al pago del adicional previsto en el art. 3 de la ley 26773, por lo que propongo reducir el monto de condena a la suma de $262.756,53."
"En consecuencia, en función de lo expuesto, corresponde rechazar los planteos y mantener el sistema de intereses fijado en la sede de origen."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; el Dr. Sudera adhiere al voto que antecede.
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