CORDOBA MARCOS ARIEL ( ACT) c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor demandó a la aseguradora Galeno ART reclamando indemnización por incapacidad derivada de un accidente laboral. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°69 rechazó la demanda por falta de prueba sobre la incapacidad reclamada, impuso las costas al actor y reguló honorarios (se consignan los montos).
¿Quién es el actor?
CORDOBA MARCOS ARIEL.
¿A quién se demanda?
GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (con citado tercero SUPERCEMENTO SAIC).
- Objeto de la demanda: cobro de indemnización por incapacidad (se reclama una incapacidad física y psicológica del 25% del T.O.) derivada de un accidente; se aportó liquidación y se ofreció prueba pericial.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda en todas sus partes por carecer de causa (art.726 del Código Civil y Comercial de la Nación); se impusieron las costas a la parte actora (art. 68 CPCCN); y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes y del perito médico en las sumas detalladas en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Frente a la negativa expresa de la demandada, correspondía al actor acreditar el padecimiento de la incapacidad por la que reclamó y su vínculo con los hechos narrados, pues solo de acreditarse la existencia del daño cabría entrar a considerar las inconstitucionalidades y defensas planteadas. Pese a esta carga inexcusable, quedó concluido el período probatorio sin que el actor arrimara elemento alguno en tal sentido, ya que las diferentes intimaciones que se le practicara a los efectos que la perita médica pudiera examinarlo no concurrió a la cita que se le practicara. Como consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento dispuesto en la misma y se tuvo al actor por desistido de la pericia médica ofrecida por él y renuente aquella propuesta por la demandada. En consecuencia, no habiendo logrado el actor acreditar los extremos de hecho que hacen al fundamento de su pretensión, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes por carecer de causa (art.726 del Código Civil y Comercial de la Nación)."
"No encontrando mérito para apartarme del criterio general que, en materia de costas, establece el art.68 del CPCCN, las mismas deberán ser soportadas por la parte actora en su carácter de vencido."
"FALLO: 1) Rechazar la demanda deducida por CORDOBA MARCOS ARIEL contra GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.; 2) Imponer las costas conforme lo dispuesto en el Considerando III (art. 68 CPCCN); 3) Regular los honorarios ... en las respectivas sumas de $ 1.250.640 ... $ 1.667.520 ... $ 1.667.520 ... $833.760 ... conforme Acordada CSJN nro. 5/2026 ... con más el I.V.A. en caso de corresponder."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; la sentencia es de un solo juez de primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: