FERRINI SERGIO RAFAEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de su haber previsional por aplicación de normas y criterios jurisprudenciales; el Juzgado hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar retroactivos según las pautas fijadas y dispuso que las sumas se abonen íntegramente sin quita, difiriendo algunos controles para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
Ferrini Sergio Rafael (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia), declaración de inconstitucionalidad de normas (arts. de leyes 24.463, 24.241 y reglamentaciones) y pago de retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada, se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar el retroactivo dentro de 120 días conforme las pautas fijadas por la sentencia; se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 y la aplicación del fallo Lohle para la ejecución; se dispuso que las sumas resultantes se abonen íntegramente sin quita alguna; se impusieron las costas a la demandada y se diferenció la regulación de honorarios para la ejecución (ver dispositivo).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)."
"A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.SJ.N. en el citado precedente, con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial respecto del haber integral reajustado, y en consecuencia con el criterio unánime de las 3 Salas ... ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: “Badaro Adolfo Valentín” del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber
- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma."
"Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = “X”. A ese importe “X” dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = “XX” importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15."
"El test de razonabilidad del art. 9 de la ley 24.463 y la aplicación del fallo “Lohle, María Teresa Inés” (15/10/2015) lo diferiré para la etapa de ejecución de sentencia."
"Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa “Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios” del 28.11.06 ...;"
- Disidencias: no hay votos consignados; la sentencia es dictada por la Sra. Jueza Federal Subrogante Silvia G. Saino y la parte resolutiva final expresa la decisión.
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