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.................... S/ INCIDENTE DE APELACIÓN (SENTENCIA)-ABUSO SEXUAL SIMPLE-ART. 119 CP-(PP N°02-00-016906-18/00)

Los defensores particulares apelaron la condena por abuso sexual simple dictada contra Luis Pablo Lagos, solicitando nulidad por falta de inmediación y arbitrariedad en la valoración probatoria. La Cámara, por mayoría, rechazó la apelación, confirmó la condena y la pena de un año de prisión en ejecución condicional (reglas de conducta por dos años), fundando su decisión en la suficiencia del relato de la víctima y sus corroboraciones periféricas.

Recurso de apelacion Abuso sexual simple (art. 119 cp) Confirmacion de condena Inmediacion Valoracion probatoria / sana critica

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los defensores particulares doctores Carlos Luisoni y Sebastián Cuevas, en representación de Luis Pablo Lagos, interpusieron recurso de apelación con fecha 3 de junio de 2026. Demandado: Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal (decisión recurrida) y el Ministerio Público Fiscal/parte acusadora. Objeto: Nulidad de la sentencia condenatoria por abuso sexual simple (art. 119 CP) dictada por la Sala I (que revocó la absolución de primera instancia), por vulneración de las garantías del debido proceso (falta de inmediación, arbitrariedad en la valoración probatoria, violación del in dubio pro reo). Decisión: Rechazar el recurso de apelación; confirmar, por mayoría, la sentencia de fecha 9 de abril de 2026 dictada por la Sala I que condenó a Luis Pablo Lagos como autor de abuso sexual simple; pena: un año de prisión en ejecución condicional, sujeta al cumplimiento de reglas de conducta por dos años, con costas. Voto en disidencia del Dr. Surgen que hubiera confirmado la absolución por duda insuperable.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
- Dispositivo final (textual): "SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso de apelación interpuesto con fecha 3 de junio de 2026 por los señores defensores particulares doctores Carlos Luisoni y Sebastián Cuevas y en consecuencia confirmar -por mayoría de opiniones
- la sentencia dictada el 9 de abril de 2026 por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental -que resultó revocatoria del veredicto absolutorio oportunamente dictado por la señora jueza a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 4 doctora María Laura Pinto de Almeida Castro-, por la cual se resolvió condenar a Luis Pablo Lagos como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple en los términos del artículo 119, primer párrafo, del Código Penal, el cual fuera integrado mediante la sentencia dictada en fecha 27 de mayo de 2026, por la que se le impuso al nombrado la pena de un año de prisión de ejecución condicional, sujeta al cumplimiento de las reglas conducta allí establecidas por el término de dos años, con costas..."
- Fundamento central sobre inmediación y alcance de la revisión (textual): "No puede compartirse el planteo, puesto que en esencia conspira contra la naturaleza y objeto del análisis que corresponde realizar a las instancias superiores... la doctrina de la arbitrariedad de sentencias... exigiendo que las sentencias sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente... el planteo aquí formulado a mi ver encuentra respuesta en la doctrina que se ha edificado sobre el procedimiento pretoriano de la revisión horizontal... a los efectos de garantizar una revisión judicial amplia al procesado..."
- Fundamento sobre valoración del testimonio de la víctima y perspectiva de género (textual): "A partir del análisis efectuado siguiendo los criterios de valoración probatoria que resultan ajustados al caso -perspectiva de género y delitos contra la integridad sexual-, ... el voto mayoritario de la Sala I de esta Alzada resolvió hacer lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal y revocar el veredicto absolutorio inicialmente recaído en autos... Los colegas encontraron verificados los requisitos reclamados por la jurisprudencia para tener por verificada la existencia de un delito contra la integridad sexual a través del testimonio de quien resultara víctima, no observando en el relato de N. contradicciones, inconsistencias, refutaciones o discordancias evaluables..."
- Sobre la ausencia de arbitrariedad y cumplimiento de la sana crítica (textual): "el decisorio atacado resulta derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las constancias de la causa... el material probatorio reunido y valorado en la sentencia resulta apto y suficiente para acceder al grado de convicción de certeza positiva que reclama un pronunciamiento de condena."
- Disidencia relevante (textual extracto del voto disidente): "Concluyo ... que no surge acreditado con el grado de certeza exigido, a efectos de dictar un pronunciamiento de condena, la falta o ausencia de incredibilidad subjetiva, como así tampoco, la existencia de elementos de prueba periféricos incontrastables... En virtud de la duda insuperable, respecto a la existencia de la materialidad delictiva, corresponde revocar la resolución de los Sres. Jueces de la Sala I... manteniendo la vigencia de la sentencia de la Sra. Jueza Correccional, que absolviera al Sr. Lagos..."

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