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.................... S/ QUEJA

Queja contra la confirmación de negativa a régimen abierto; la Cámara de Casación Penal declaró la queja carente de virtualidad por haberse otorgado prisión domiciliaria al penado y la medida mantenerse vigente. El Tribunal resolvió que el planteo carece de virtualidad y no hizo lugar a costas.

Queja Prision domiciliaria Regimen abierto Carencia de virtualidad Art. 448 c.p.p. Casacion penal Ejecucion penal Monitoreo electronico No hacer lugar Sin costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Hernán Axel Barrera, por intermedio de su Defensor Oficial, promovió queja contra la decisión que confirmó la negativa de su inclusión al régimen abierto de detención. Demandado: La decisión impugnada fue dictada por la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón; intervino además el Juzgado de Ejecución Nº1 de Morón. Objeto: Se cuestionó la confirmación de la resolución del Juzgado de Ejecución que negó la inclusión de Barrera al régimen abierto de cumplimiento progresivo de la pena. Decisión: La Sala V del Tribunal de Casación Penal declaró carente de virtualidad el tratamiento de la queja deducida por el Defensor Oficial de Hernán Axel Barrera y no hizo lugar a costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos íntegramente del fallo): "I. ... conforme surge de las constancias de la causa principal (causa nº25.457 del Juzgado de Ejecución nº1 de Morón, IPP 10-00-43998-24), disponibles en el Sistema Informático del Ministerio Público (SIMP), el 13 de febrero del corriente la Sala II de la Alzada local otorgó al penado la prisión domiciliaria bajo tutela de su padre y con control de monitoreo electrónico. Dicha medida se efectivizó el pasado 24 de febrero y, según se deprende de lo actuado, se mantiene vigente en la actualidad. Por su parte, obra en autos un oficio de fecha 30 de marzo del 2026, remitido a esta sede por el Juzgado de Ejecución interviniente, donde el a quo informa las circunstancias mencionadas anteriormente. En consecuencia, atento al estado procesal actual del penado, el tratamiento de los planteos deducidos ante esta sede resulta insustancial y carente de virtualidad (art. 448 -a contrario
- del C.P.P.). VOTO POR LA AFIRMATIVA." "SENTENCIA DECLARAR CARENTE DE VIRTUALIDAD el tratamiento de la queja deducida por el Defensor Oficial de Hernán Axel Barrera, sin costas en esta instancia (arts. 448 -a contrario-, 530 y 531 del C.P.P.)."
- Votos: El fallo fue acordado por mayoría (Sala V, acuerdo Bouchoux — preopinante — y Kohan), ambos votaron en idéntico sentido. No se registran votos en disidencia.

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