.................... S/ RECURSO DE CASACION
Imputado condenado en juicio abreviado por abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado apeló en casación su condena y dosimetría. La Cámara rechazó el recurso de casación por mayoría, sosteniendo que la calificación y la individualización de la pena se ajustaron a la prueba diversa y concordante y a los arts. 40 y 41 C.P.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: C.A.R. (mediante su defensor oficial Maximiliano Horacio Acosta) interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria.
Demandado: Ministerio Público Fiscal, con dictamen del Fiscal ante el Tribunal Fernando Luis Galán, que solicitó el rechazo del recurso.
Objeto: Se impugna la calificación legal y la dosimetría de la pena; la defensa sostiene que no estuvo acreditado el acceso carnal (peticionando la aplicación del art. 119 CP en su forma básica) y denuncia doble valoración/errónea ponderación de agravantes (reiteración, corta edad de la víctima, afectación emocional).
Decisión: Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa, con costas. (Votos de los Dres. Bouchoux y Budiño, que adhieren entre sí.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, con lenguaje original):
"I. El magistrado de la instancia tuvo por probado que: 'desde el año 2014 y hasta fines del mes de agosto de 2021, C.A.R. abusó sexualmente de manera reiterada de Z. E. A., nacida el 13 de mayo de 2010, manoseándola libidinosamente e introduciéndole su pene en la vagina de la niña, aprovechando las oportunidades en que quedaba al cuidado de esta, quien era hija de la pareja conviviente de Robles. Tales hechos de abuso se produjeron en el domicilio en el que cohabitaban (...) valiéndose R. de su preeminencia, de amenazas y de que la niña, por su edad, no podía consentir libremente la acción'."
"En ese contexto, no puede prosperar el intento defensista a fin de encuadrar los hechos en la figura básica prevista en el artículo 119 del CP por entender que no se acreditó el acceso carnal por parte de C.A.R., debido a que el magistrado dio las razones por las cuales entendió lo acreditado, apoyándose para ello en la prueba diversa y concordante, reseñada precedentemente."
"En consecuencia, la calificación asignada al hecho se ajustó correctamente a las circunstancias fácticas acreditadas y que coincide en ubicarlo en el párrafo 3° del art. 119 del CP, con la oportunamente acordada por las partes."
"En definitiva y teniendo en cuenta la gravedad de los hechos endilgados, las circunstancias agravantes y la atenuante valorada, no encuentro razón para postular la aplicación del mínimo legal, menos aún, cuando la parte no acerca argumentos atendibles que permitan avizorar la desproporcionalidad del monto aplicado, lo que torna ineficaz el planteo."
- Votos y mayoría: El voto inicial del Dr. Bouchoux propuso el rechazo y fue acompañado por la Dra. Budiño ("Adhiero al voto del señor juez Bouchoux..."). El dispositivo final del tribunal dispone el rechazo del recurso con costas, por lo que esa solución representa la decisión de la Cámara por mayoría.
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