.................... S/ RECURSO DE CASACION
La imputada promovió recurso de casación contra la condena por comercialización de estupefacientes dictada en juicio abreviado. La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso por improcedencia y por carecer los agravios de precisión técnica, confirmando la valoración probatoria y la motivación de la sentencia de grado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La imputada y recurrente en casación, Daiana Micaela Matallan, representada por su defensor particular Leonardo Gómez Talamoni.
Demandado: Sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal N° 3 de Bahía Blanca; Fiscalía se opuso al recurso.
Objeto: Se impugna la condena dictada mediante juicio abreviado por el delito de comercialización de estupefacientes (coautoría), cuestionando la valoración probatoria, la motivación (art. 106 C.P.P.) y la determinación de la pena.
Decisión: Se rechazó el recurso de casación interpuesto y se regularon honorarios de la defensa en el 25% de lo fijado en la instancia anterior (equivalente a 10 jus), con costas.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original preservado):
"En nuestro sistema procesal, la adopción del procedimiento abreviado no exige admisión de los hechos y participación por parte del imputado, pero sí supone que este renuncie nada menos que a su derecho a ser juzgado en un juicio oral. Ello conlleva también permitir un fallo derivado de un procedimiento sin contradicción y, particularmente, implica renunciar al derecho a la confrontación de los testigos de cargo (8.2.f CADH; 14.3.e PIDCP).
En esta instancia, la ley establece un procedimiento también abreviado que se traduce en que el fallo se dicta sin previo debate oral y sus fundamentos se expresan sintéticamente (arts. 464 inc. 2 y 465 del CPP).
Asimismo, la presentación del remedio casatorio debe fundarse en los supuestos del artículo 448 del rito, respetar las exigencias del artículo 451, y enmarcarse en la lógica del procedimiento adoptado, lo que implica que el derecho a la impugnación supone revisar si el contenido del fallo es acertado con relación a las cuestiones de hecho y derecho sometidas a decisión de la sentenciante, pero ello dentro de los márgenes de la vía procesal elegida."
y
"De la lectura del veredicto, se aprecia que la magistrada de la instancia valoró el acta de procedimiento que diera origen a la presente, de la que surge que personal policial observó sobre la cinta asfáltica un envoltorio de nylon de color negro que contenía, conforme el test orientativo, cocaína.
Asimismo, los efectivos policiales secuestraron del bolsillo del pantalón del coimputado de Matallan dos envoltorios de nylon negro con idéntica sustancia blanca, una balanza de precisión y un celular marca Samsung.
En concordancia, la sentenciante valoró la pericia química ... que concluyó que el material incautado era cocaína, con un peso de 3,921 gramos. ... Sumó al análisis convictivo las conversaciones obtenidas de los celulares de Matallan y su coimputado, de las que se desprenden ... que las transacciones eran realizadas por Daiana Micaela Matallan."
y
"Los genéricos cuestionamientos vinculados a la arbitrariedad y falta de motivación, en cuanto a que no se acreditó la intervención que se le endilga a su asistida, distan bastante de erigirse como un motivo de agravio técnicamente suficiente, desde que se omite una crítica precisa, fundada y razonada que permita conocer y demostrar las infracciones denunciadas.
Todo ello, en clara inobservancia al requisito de autosuficiencia propio del remedio que se pretende."
- Resultado procesal accesorio: Se impuso costas al recurrente y se regularon honorarios de la defensa en el 25% de lo fijado en la instancia anterior (equivalente a 10 jus) más aditamentos de la ley previsional, por la labor en la etapa recursiva.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: