.................... S/ RECURSO DE CASACION INTERPUESTO POR FISCAL GENERAL
Recurso de casación presentado por el Ministerio Público Fiscal contra veredicto absolutorio por presuntos abusos sexuales de una menor. La Cámara declaró procedente la casación, anuló la sentencia absolutoria por arbitrariedad en la valoración probatoria (sobrevaloración del examen médico) y ordenó la realización de un nuevo juicio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Ministerio Público Fiscal, a través del Fiscal de Juicio Martín Raúl Chiorazzi (con intervención de la Fiscal Adjunta de Casación María Laura D'Gregorio).
Demandado: A.D.A.R., imputado por hechos contra la integridad sexual (abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con abuso sexual con acceso carnal).
Objeto: Se interpone recurso de casación contra el veredicto absolutorio dictado por el Tribunal en lo Criminal N°2 de La Plata, solicitando que se revoque la absolución y se condene al imputado.
Decisión: La Cámara declaró procedente el recurso de casación, anuló la sentencia absolutoria por arbitrariedad en la motivación (fundamentalmente por asignar al examen médico un valor descalificador excluyente) y remitió las actuaciones para la realización de un nuevo juicio. Sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo, lenguaje original preservado):
"El razonamiento probatorio del tribunal de juicio ingresa en el terreno de la arbitrariedad desde que revela un déficit metodológico en la valoración de la prueba, ello al haber atribuido al resultado del reconocimiento médico legal practicado a la menor víctima un alcance demostrativo tal que terminó por erigirse en un factor oclusivo de la valoración integral de la prueba, en particular del testimonio brindado por la propia damnificada."
"Como vimos, el tribunal de la audiencia a grandes rasgos razonó así: como el examen médico fue negativo, entonces las penetraciones no ocurrieron; y como una parte del relato no ocurrió, todo el relato pierde credibilidad. Ese razonamiento presenta un problema desde la lógica de la valoración de la prueba."
"Si la ciencia médica reconoce que es frecuente que víctimas de abuso sexual -incluso niñas de corta edad
- no presenten lesiones genitales objetivables, entonces la ausencia de hallazgos no constituye una premisa válida para desacreditar el segmento del relato referido a las penetraciones."
"En resumen, el tribunal no contrapuso el resultado del examen médico con los restantes indicadores de fiabilidad del relato, sino que, sencillamente, prescindió de estos últimos. Nada se dijo acerca de la coherencia interna de la declaración, de la ausencia de indicadores de incredibilidad subjetiva y la persistencia de la incriminación."
"He allí la arbitrariedad del fallo que amerita su descalificación como acto jurisdiccional válido. Por ello... propongo al acuerdo declarar procedente el recurso, anular el veredicto absolutorio por falta de fundamentación y reenviar a la instancia para que, luego de designar jueces hábiles, se proceda a realizar un nuevo juicio; sin costas."
- Votos: La sentencia fue acordada por mayoría formal de la Sala (votos de los Dres. Bouchoux y Budiño, quienes adhieren entre sí). El bloque dispositivo final confirma la declaración de procedencia de la casación, la anulación del veredicto absolutorio y el reenvío para nuevo juicio.
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