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.................... S/ VIOLACION DE DOMICILIO, LESIONES LEVES AGRAVADAS -POR HABER SIDO PROVOCADAS POR UN HOMBRE A UNA MUJER MEDIANDO VIOLENCIA DE GENERO-, LESIONES LEVES, COACCION SIMPLE -DOS HECHOS- Y AMENAZAS SIMPLES -DOS HECHOS- EN CONCURSO REAL Y EN CONTEXTO DE VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GENERO - AZUL

El Ministerio Público Fiscal y la víctima promovieron acusación y se celebró juicio abreviado por hechos de violencia de género, lesiones, coacción y amenazas. La Cámara confirmó la condena de primera instancia a 2 años y 6 meses de prisión, pero revocó el decomiso del teléfono por falta de motivación.

Recurso de apelacion Violencia de genero Violacion de domicilio Lesiones leves agravadas Coaccion Amenazas Juicio abreviado Decomiso (revocado) Perspectiva de genero Honorarios de defensor/oficial

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Dra. Mariela Viceconte) y la parte damnificada representada en autos. Demandado: Franco Santilli. Objeto: Responsabilidad penal por violación de domicilio, lesiones leves agravadas por violencia de género, coacción simple, lesiones leves y amenazas (diversos hechos en concurso real) ocurridos en Olavarría entre el 25/11/2022 y 9/4/2024; además controversia sobre decomiso de celular y regulación de honorarios. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a Franco Santilli a DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES de prisión de efectivo cumplimiento por los delitos en concurso real, con costas. Revocó el punto relativo al decomiso del bien (celular). Reguló honorarios del defensor oficial.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
- Sobre acreditación del hecho y autoría: "Que el 25 de noviembre de 2022, siendo aproximadamente la hora 06.30, un varón, se hizo presente en el domicilio de su ex pareja, Verónica Luján Diodato... la tomó violentamente del cuello y, contra su voluntad, ingresó al comedor de su vivienda... con el propósito de obligarla a resolver su situación judicial... le advirtió: 'MÁS VALE QUE RESUELVAS LO DE LA DENUNCIA DE FEDERICO PORQUE SINO VAN A TERMINAR TODOS MAL', anuncio que atemorizó a la nombrada; en tanto fue realizado mientras le presionaba el cuello, hasta provocarle un desvanecimiento de donde devino una caída que culminó en excoriaciones en labio superior, lo que la inutilizó laboralmente por un período inferior a los treinta días..."
- Sobre valoración probatoria y perspectiva de género: "La valoración probatoria... debe realizarse de manera integral, armónica y concordante, ponderando especialmente el contexto relacional... En materia de violencia contra las mujeres rige un estándar de debida diligencia reforzada... la incorporación de la perspectiva de género no autoriza a prescindir de las garantías del debido proceso..."
- Sobre la coacción y su tipicidad: "La expresión cuestionada fue emitida en un contexto de violencia física inmediata, en el cual el imputado sujetaba a la víctima del cuello, lo que le otorga un sentido inequívocamente intimidante, resultando idónea para generar temor y condicionar su conducta."
- Sobre la conexión causal de la lesión: "El resultado lesivo se presenta como una derivación causalmente conectada con la conducta desplegada... basta con que constituya una consecuencia no extraordinaria del riesgo generado por la conducta del agente."
- Sobre el decomiso (agravio que prospera): "En el acuerdo presentado... nada indicaron con respecto a decomisar bienes... no consta que la magistrada haya indicado y valorado al momento de resolver sobre el decomiso que ese bien físico secuestrado haya sido utilizado como medio de prueba... la sentencia... no desarrolla de manera clara y pertinente por qué corresponde decomisar el bien secuestrado... Corresponde revocar lo resuelto sobre el decomiso dispuesto..."
- Sobre honorarios de la parte damnificada: "La cuantificación efectuada se adecua a las pautas previstas en la ley arancelaria vigente... no se advierte que la magistrada de grado haya incurrido en un apartamiento de las previsiones legales ni que la regulación practicada resulte desproporcionada o arbitraria."
- Votos: El acuerdo fue unánime: Dra. María Gabriela Martínez preopinó y los Dres. Rafael H. Paita y J. Juan Manuel Gini adhirieron. El bloque dispositivo final dispone la confirmación de la condena y la revocación del punto del decomiso.

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