BOGADO MARIA VERONICA C/ BOS SANTIAGO MIGUEL Y OTROS S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS
Reclamo indemnizatorio por olvido de material quirúrgico (oblito) tras cesárea y secuelas físicas y psíquicas. La Cámara confirmó la condena por responsabilidad médica y del Estado municipal, pero moderó el mecanismo de actualización: interés puro 6% anual desde el hecho hasta la sentencia y luego tasa pasiva más alta del Bco. Provincia de Buenos Aires; revocó la actualización por IPC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Verónica Bogado.
Demandado: Dr. Santiago Miguel Bos; Municipalidad de Hurlingham; y citada en garantía Federación Patronal de Seguros S.A.U.
Objeto: Pretensión indemnizatoria por daños y perjuicios derivados de mala praxis en cesárea (oblito: compresa/gasa quirúrgica olvidada), con reclamo por daño físico, daño psicológico y daño moral.
Decisión: Se confirmó la condena de primera instancia en lo esencial (responsabilidad del cirujano y de la Municipalidad; montos por daño físico $3.000.000, daño moral $2.500.000, daño psicológico $4.419.200), se rechazó la apelación de Bos; se hizo lugar parcialmente a los recursos de la Municipalidad y de la aseguradora únicamente respecto del mecanismo de actualización del crédito y, en el caso de la aseguradora, también respecto de la regla proporcional del art. 111 Ley 17.418. Se revocó la actualización por IPC y se estableció: interés puro del 6% anual desde el 6/7/2018 hasta la fecha de sentencia; desde esa fecha y hasta el pago la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires a 30 días; la aseguradora responderá en la medida del seguro ($600.000) conforme módulo de grado y participará a prorrata en intereses y costas, cálculo diferido a liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes, lenguaje original):
"Concluyó que quedó suficientemente abonado que durante la intervención cesárea el personal sanitario que asistió en la misma, dirigido por el cirujano Dr. Bos, olvidó en la cavidad abdominal de la parturienta material quirúrgico, por lo que debió reingresar el 27 de septiembre de 2018 al Hospital Posadas; ... Quedó establecida una razonable y adecuada relación de causalidad entre la omisión reprochada y los padecimientos soportados por la actora."
"En cuanto al régimen de intereses... corresponde establecer que la totalidad de los rubros de condena -daño físico, daño moral y daño psicológico
- devengarán intereses liquidados de conformidad con un interés puro del seis por ciento (6%) anual, computado desde la fecha del evento dañoso, esto es, el 6 de julio de 2018, y hasta la fecha de esta sentencia y de allí y hasta el momento de su efectivo pago, mediante la aplicación de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la captación de depósitos a plazo fijo a treinta días..."
"La sentencia RESUELVE: ... b) revocar el pronunciamiento en cuanto dispuso actualizar el capital de condena desde su dictado y hasta el efectivo pago mediante la aplicación del Índice de Precios al Consumidor elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos; c) determinando que la totalidad de los rubros de condena devengarán un interés puro del seis por ciento (6%) anual computado desde la fecha del evento dañoso -6 de julio de 2018
- y hasta la fecha de esta sentencia y desde allí y hasta el momento de su efectivo pago, la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires..."
- Votos: fallo por mayoría unánime (los Dres. Enrici y Saulquin), sin disidencias relevantes.
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