Logo

FERREYRA JORGELINA C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL S/ AMPARO (ART. 250- EFECTO DEVOLUTIVO -APELACION DEL 16/04/2026 CAUTELAR)

Amparo por cobertura de módulo de seguimiento post trasplante renal y atención por guardia y emergencias. La Cámara declaró abstracto el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por la representación fiscal al quedar superado por la sentencia de mérito que reconoció la pretensión de la actora.

Amparo Medida cautelar Extincion ipso iure Seguimiento post trasplante renal Cobertura de obra social Guardia y emergencias Sentencia de merito firme Abstracto Costas Inoficiosidad de la defensa.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Jorgelina Ferreyra. Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA). Objeto: cobertura total e integral del módulo de seguimiento post trasplante renal y la continuidad ininterrumpida del tratamiento en el Hospital Privado de la Comunidad (HPC) de Mar del Plata, incluyendo atención por guardia ambulatoria, emergencias médicas y/o internación si fuera necesario. Decisión: La Cámara declaró abstracto el tratamiento del recurso de apelación interpuesto por la representación fiscal contra la ampliación de la medida cautelar (13-04-2026), toda vez que la sentencia de mérito de fecha 19-05-2026, que reconoció íntegramente la pretensión de la actora, quedó firme y consentida. Imponiéndose las costas en el orden causado y no regulándose honorarios a la letrada patrocinante de la actora por resultar su labor inoficiosa.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Resulta una consecuencia del carácter instrumental de las medidas cautelares la extinción ipso iure de sus efectos en el momento en que se dicta, con eficacia de sentencia firme y consentida, el pronunciamiento definitivo. En palabras de Calamandrei, '.la providencia cautelar ve, con el nacimiento de la providencia principal, agotada su función, cumplido su ciclo vital.', puesto que la cualidad provisoria dada a las providencias cautelares implica que sus efectos jurídicos, a más de ser temporales, tienen una duración limitada a aquel período de tiempo que transcurre entre la emanación de la providencia cautelar y la emanación de la sentencia definitiva..." "Superada la etapa liminar en el marco de la cual se formuló el planteo provisional, en razón -como ya se anticipó
- de la condena dispuesta mediante la sentencia de mérito dictada con fecha 19-05-2026, que se encuentra firme y consentida, no cabe sino colegir que la materia sometida a pronunciamiento de esta Alzada (esto es, la controversia en punto a la procedencia del mandato cautelar) ha perdido toda actualidad de tratamiento..." Además, el voto mayoritario propuso: "declarar abstracto el tratamiento del recurso de apelación que articuló la representación fiscal el día 16-04-2026, contra el pronunciamiento cautelar de fecha 13-04-2026. Imponer las costas de esta instancia en el orden causado... Atento resultar inoficiosa la labor de la Dra. Manuela Vázquez Colombo, no corresponde regular honorarios a la letrada patrocinante de la amparista (art. 30 de la ley 14.967)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar