CORRAL MARIA DEL PILAR C/ BLARASIN NICOLAS SILVIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
La actora demandó por daños y perjuicios por agresión física y psíquica ocurrida el 22/7/2017 en su oficina. La Cámara confirmó la condena en lo principal, elevó la partida por tratamiento psicológico a $1.900.000 y dispuso que, desde la valuación de la deuda hasta el pago, la actora pueda optar entre la Tasa Pasiva a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires o la Tasa de Intereses Moratorios (T.I.M.) del BCRA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Corral María del Pilar.
Demandado: Blarasin Nicolás Silvio.
Objeto: Daños y perjuicios extracontractuales (agresiones verbales y físicas en negociación inmobiliaria; daños materiales en la oficina; daño físico, daño psíquico, daño moral, y costos de tratamiento psicológico).
Decisión: La Cámara confirmó en lo principal la sentencia que hizo lugar a la demanda; modificó la condena elevando la suma por tratamiento psicológico de $1.300.000 a $1.900.000; complementó la modalidad de intereses permitiendo a la actora optar, al liquidar, entre: (i) la Tasa Pasiva más alta a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires, o (ii) la Tasa de Intereses Moratorios (T.I.M.) del BCRA (Res. 1/26). Confirmó los restantes rubros indemnizatorios (daño físico $1.000.000, daño psíquico $8.000.000, daño moral $4.000.000, daño material $1.000.000) y le impuso las costas de Alzada al demandado. Diferimiento de regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) "Dada la situación planteada -agresiones dentro de una oficina
- la prueba directa para su determinación resulta de muy difícil producción; correspondiendo por ello ... realizar un análisis de la prueba ofrecida en su conjunto y estar a las presunciones que de aquella se derivan, para formar convicción en la judicante (arg. arts. 1726, 1737 y ccdts. CCCN, 375, 456, 384 y 163 inc. 5 del CPCC)."
2) "Dicha instrucción penal preparatoria ... concluyó con el rechazo del sobreseimiento peticionado por este último y el auto de elevación a juicio ... con fecha 4/11/2019 ... se suspendió el proceso a prueba ... y, posteriormente ... se declaró extinguida la acción penal, sobreseyendo totalmente al aquí accionado."
3) "El dictamen pericial de fecha 1/1/2024 da cuentas del impacto psíquico que tuvo el hecho en la vida de la victima ... dictaminó la perito que la actora presenta un cuadro de estrés postraumático, de curso crónico, grado moderado y origen concausal con la situación vivenciada ... Concluyó que dicho cuadro le representa una incapacidad del 20% ... y sugirió la realización de psicoterapia por el lapso de un año y posterior reevaluación."
4) "Por consiguiente, y a fin de conjugar estos parámetros jurisprudenciales garantizando el principio de reparación integral (arts. 768 y 1740 del CCyCN), resulta prudente y razonable establecer que, desde la fecha del hecho y hasta la de valuación de la deuda, corresponderá aplicar una tasa pura del 6% anual. Posteriormente, desde dicha valuación y hasta el efectivo pago, se adicionará a elección del actor ... 1) La Tasa Pasiva más alta a 30 días del Banco de la Provincia de Buenos Aires, o 2) La Tasa de Intereses Moratorios (T.I.M.) del BCRA (Res. 1/26)."
5) Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria): "Por lo expuesto, se resuelve: 1°) Elevar la suma otorgada en concepto de 'tratamiento psicológico' a $ 1.900.000. 2°) Complementar los intereses fijados ... 3°) Confirmar la sentencia apelada en lo demás que decide y ha sido materia de agravio. 4°) Imponer las costas de Alzada al demandado. 5°) Diferir la regulación de honorarios ... REGISTRESE. NOTIFIQUESE. DEVUELVASE."
No existieron votos en disidencia; ambos jueces (Kaul y Alonso) votaron en igual sentido.
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