GARCIA ADRIAN ALEJANDRO Y OTRO/A C/ ACHINELLI OSCAR Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El actor reclamó daños y perjuicios por un siniestro vial entre su motovehículo y un camión en la intersección regulada por semáforos. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiencia probatoria y atribuyó la derrota procesal al actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Adrián Alejandro García y otro.
Demandado: Oscar Achinelli; con citación en garantía a Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada.
Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 23/12/2021 entre una moto (Honda CG 150) y un camión (Deutz Agrale), en la Av. Bernabé Márquez y calle Santos Vega; el actor atribuye la responsabilidad al conductor del camión por haber cruzado a gran velocidad con semáforo en rojo.
Decisión: Se confirma la sentencia de grado que rechazó la demanda y se imponen las costas de la instancia a la parte actora vencida. Se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "El acaecimiento del hecho de autos, en cuanto a las circunstancias de tiempo, lugar, personas y cosas intervinientes no se encuentra controvertido. Empero, las partes discrepan cerradamente en la mecánica de la colisión y las consecuencias derivadas del accidente."
- "Las escasas probanzas acumuladas, no llegan a reflejar y acreditar fehacientemente las versiones brindadas por las partes en los escritos constitutivos del proceso, de ahí que se hace muy dificultosa la reconstrucción del hecho, máxime que el perito mecánico no pudo determinar fehacientemente la mecánica del accidente, basándose en indicios y presunciones."
- "En consecuencia, entiendo que al no quedar demostrado efectivamente el modo acaecido el accidente vial en donde lo único cierto fue el contacto de ambos vehículos, entiendo que el demandado no fue el único responsable exclusivo del accidente de autos."
- "En definitiva, ya en el marco de la composición de la Litis, valorando el magro caudal probatorio obrante en autos, considero que no se ha logrado demostrar fehacientemente la mecánica del hecho ilícito de autos, en el sentido, cuál de los rodados fue efectivamente el responsable del accidente, entendiendo que no puede juzgarse que uno de los intervinientes haya sido responsable en forma exclusiva del evento, sino que debe concluirse que no resulta procedente la pretensión de la actora. En tal sentido, propicio la confirmación de la sentencia apelada."
- Sobre costas: "propicio imponerlas a la parte actora vencida, en virtud del principio objetivo de la derrota (art. 68 del C.P.C.C.)."
- Votación y regla de mayoría: Ambos jueces (Dr. Fede y Dr. Lami) votaron en idéntico sentido por la afirmativa, por lo que la resolución de la Cámara confirma la sentencia apelada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: