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TORRES ANIBAL EZEQUIEL C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor promovió acción laboral de revisión (art. 2 inc. j) ley 15.057) por supuestas enfermedades profesionales y incapacidad psicofísica. El Tribunal rechazó la acción por no acreditarse el nexo causal ni la existencia de enfermedades profesionales y ordenó imponer las costas a la parte actora.

Accion de revision (art. 2 j ley 15.057) Enfermedad profesional Nexo causal Incapacidad psicofisica Pericia medica Prueba testimonial Rechazo de demanda Costas (art. 24 ley 15.057) Diferimiento de honorarios (ley 14.967) Expedientes srt 302824/24 302813/24 302793/24 302803/24

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ANIBAL EZEQUIEL TORRES, representado por el Dr. Juan Ignacio Vidale. Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A.U., prevista aseguradora de la empleadora SABELEC SRL. Objeto: Revisión de la negativa administrativa de reconocimiento de enfermedades profesionales (cervicalgia, hombros, muñecas, lumbares, várices bilaterales y tendinitis bilateral de rodillas) y reconocimiento de incapacidad psicofísica, con pedido de prestaciones conforme art. 14 LRT y art. 3 ley 26.773; además planteos de inconstitucionalidad de normas del sistema de riesgos del trabajo. Decisión: Rechazar la acción laboral de revisión interpuesta por Torres; imponer las costas a la actora; diferir regulación de honorarios hasta firmeza de la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "La pericia técnica recibida en autos, nada aporta a esclarecer el tema. No brinda información sobre los agentes de riesgo a los que estaba expuesto el actor como para actuar como nexo causal con las patologías reclamadas (art. 375 del CPCC)." "La prueba testimonial recibida en autos (testigo Flores) no ha sido suficiente para crear convicción sobre el tema. Su testimonio no ha formado convicción sobre el nexo causal entre las tareas desarrolladas por el actor y las enfermedades descriptas por la perito en su informe (art. 57 inc. 5 de la ley 15.057)." "Por tal razón, no se ha acreditado la existencia de las enfermedades profesionales denunciadas en la demanda (art. 375 CPCC), y en consecuencia, deviene abstracto expedirse sobre las restantes cuestiones fácticas expuestas en la demanda." "Entrando a considerar su procedencia, no habiéndose acreditado que la actora fuera portadora de incapacidad a consecuencia de las enfermedades denunciadas en autos, considero que la acción interpuesta debe desestimarse (art. 726 CCyCom)." Resultado dispositivo final (texto transcripto): "el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar la acción laboral de revisión (art. 2 inc. J) ley 15.057) interpuesta por el Sr. ANIBAL EZEQUIEL TORRES contra .SWISS MEDICAL ART S.A.U en el marco de los Exptes SRT Nros. 302824/24, 302813/24, 302793/24 y 302803/24 (art. 726 del CC y Com). 2) Imponer las costas a la parte actora (art. 24 de la ley 15.057). 3) Diferir la regulación de honorarios hasta que quede firme la presente sentencia (ley 14.967)."

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