FERNANDEZ OSCAR FRANCISCO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de Comisión Médica reclamando indemnización por accidente in itinere y determinación de incapacidad. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/19 y el art. 12 ap. 2 Ley 24.557 (mod. por Ley 27.348) en el caso, aplicó actualización por RIPTE y condenó a PROVINCIA ART a pagar $10.857.961,94.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Oscar Francisco Fernandez, representado por Dr. Pablo Martín Gesualdo.
Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
Objeto: Revisión de la determinación de incapacidad y condena por accidente de trabajo (in itinere) ocurrido el 31/03/2023; liquidación indemnizatoria por incapacidad permanente parcial (con reclamo también por afección psíquica). Se cuestionan normas del régimen de riesgos del trabajo (DNU 669/19; art. 12 ap. 2 Ley 24.557 mod. por Ley 27.348; resoluciones SSN).
Decisión: Por mayoría se hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 (doctrina SCBA "Muzychuk"), la inconstitucionalidad del art. 12 apartado 2 de la Ley 24.557 (modificado por art. 11 Ley 27.348) en el caso concreto, y la inaplicabilidad de las Resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023. Se fijó incapacidad total y permanente del 11,74% T.O., se determinó IBM e importe indemnizatorio y se actualizó por índice RIPTE, condenando a la ART a abonar $10.857.961,94 dentro de diez días. Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, citas textuales):
"1°) Declarar la inconstitucionalidad del DNU nro. 669/19 conforme doctrina legal SCBA ' Muzychuk' . Declarar la inconstitucionalidad del art. 12 apartado 2 Ley 24557( modificado por el art. 11 de la Ley 27.348.
- Declarar la inaplicabilidad de la Resoluciones SSN nro. 1039/2019 Y 332/2023 a autos."
"En el caso de autos el coeficiente asciende a: 7,98. De este modo, la suma de condena indexada por RIPTE a la fecha de la sentencia es $10.857.961,94.
- ($ 1.360.646,86.
- x coeficiente ). De dichos guarismos se desprende que la aplicacion a autos de la Tasa Activa del Banco Nación resulta inferior al que se obtiene mediante la utilización del indice RIPTE, justificando, así, utilizar un mecanismo que asegure el cumplimiento de la función resarcitoria, toda vez que su monto se encuentra apartado de la realidad económica actual .Surge palmario que la aplicación del índice RIPTE consolida los principios de razonabilidad y congruencia, el derecho de propiedad de las partes y la tutela judicial eficaz (artículos 1,17,18, 28 y conc. Constitución Nacional)."
"Ante ello, declaro la inconstitucionalidad del art. 12 de la Ley 24557 modificado por art. 11 apartado 2 de la Ley 27348 ( art. 34 CPCC) en el caso concreto por cuanto no preserva adecuadamente el valor real del crédito vulnerando el derecho de propiedad y la garantía de tutela judicial efectiva ( arts. 17 y 28 Carta Magna y arts. 15 y 31 Constitución de la Provincia de Buenos Aires.)"
"En consecuencia, propicio hacer lugar a la presente acción instaurada por el actor FERNANDEZ OSCAR FRANCISCO por la suma de pesos DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON 94/100 ($10.857.961,94.-) la que deberá ser abonada por la demandada PROVINCIA ART S.A. dentro del plazo de diez días hábiles de notificada la sentencia..."
- Votos y mayoría: La sentencia se dictó por mayoría; la Dra. Sandra I. Fernandez Rocha pronunció el voto principal (completo fundamento), el Dr. Gustavo Alberto Canabal adhirió y el Dr. Gustavo Daniel Bonini expresó adhesión salvo en cuanto a la tasa compensatoria (propuso 3% anual), quedando la decidir por la mayoría en no aplicar interés compensatorio adicional y optar por la actualización por RIPTE.
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